Libro N° 8045. Roemer Versus Roemer. Un Comentario A «Nuevas Direcciones En La Teoría Marxiana De La Explotación». Elster, Jon.
© Libro N° 8045.
Roemer Versus Roemer. Un
Comentario A «Nuevas Direcciones En La Teoría Marxiana De La Explotación».
Elster, Jon. Emancipación. Diciembre 5 de 2020.
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Roemer Versus Roemer. Un Comentario A «Nuevas
Direcciones En La Teoría Marxiana De La Explotación». Elster, Jon
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Direcciones En La Teoría Marxiana De La Explotación». Elster, Jon
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Un Comentario
A «Nuevas Direcciones En La Teoría Marxiana De La Explotación».
Jon Elster
ROEMER VERSUS ROEMER*
Un Comentario A «Nuevas
Direcciones En La Teoría Marxiana De La Explotación».
Jon Elster
El presente texto del filósofo noruego Jon Elster
procede,
al igual que el trabajo de John Roemer con el que
polemiza, de la revista
estadounidense Politics & Society,
vol. 11, (1982), número extraordinario
dedicado al
libro A General Theory of Exploitation and
Class de J.
Roemer. Con el trabajo que a continuación
reproducimos
cerramos el «ciclo Roemer» que mientras tanto abrió
en el nº 20.
El trabajo de John Roemer «Nuevas direcciones en la
teoría marxiana de la explotación y de las clases sociales» [1], así como el libro en que
está basado, sostiene dos teorías radicalmente distintas de la explotación. Lo
que me propongo aquí es defender una de ellas en contra de la otra. Creo que la
teoría de la explotación como intercambio desigual es sumamente original e
iluminadora, mientras que el enfoque de la explotación en términos de teoría de
los juegos y alternativas hipotéticas conduce a serios errores. En la primera
sección, expondré brevemente mi propia visión de la explotación como tomar
injustamente ventaja sobre otro. En la segunda sección, subrayaré
algunas inconsistencias y confusiones en el enfoque en términos de teoría de
juegos que hace Roemer, para luego argumentar que los componentes causales de
la noción de explotación no pueden formularse con enunciados contrafácticos
acerca de alternativas hipotéticas. En la sección tercera, comentaré brevemente
la teoría de la explotación como intercambio desigual y mostraré que el trabajo
de Roemer no nos permite definir la relación de explotación, sino sólo los
predicados «está explotado» y «es un explotador». Por último, en la
sección final, discutiré los asuntos políticos y éticos más generales
implicados en el análisis de la explotación.
Explotación: una aproximación general
Explotación no es una noción específicamente
marxista. También aparece en la teoría económica neoclásica y en las teorías de
la acción colectiva.[2] Y tiene una
aplicación muy natural a la teoría de la negociación (bargaining).[3] Subyacente a la
noción de explotación está en todos estos casos la idea de que explotar a
alguien significa tomarte injustamente ventaja, una idea que comporta un
aspecto causal y otro normativo. El aspecto normativo es el de injusticia
(unfaimess), definido con referencia a alguna teoría de la justicia. Creo que
el de explotación es un concepto más teórico que primitivo, de modo que para
cualquier teoría dada de la justicia distributiva podemos definir una noción de
explotación correspondiente. La explotación, esto es, se comporta lógicamente
como la «redistribución óptima» (que inmediatamente nos sugiere la
pregunta: ¿óptima de acuerdo con qué criterios?), no como la «redistribución
igualitaria» (que comporta ya un criterio). El aspecto causal de la
explotación es el de tomar ventaja sobre alguien: cuando obtengo un beneficio
de otra persona situada en una posición tal que su mejor opción es actuar de un
modo que a mí me beneficia. Tomar ventaja sobre alguien me permite a mí
expandir el conjunto de oportunidad de la persona en cuestión –haciéndole una
oferta-, pero no me permite restringírselo con amenazas o medios similares.[4] Tomo ventaja sobre
alguien añadiendo una opción a su conjunto de oportunidad, la cual opción es
mejor para él y para mí que la opción preferida por él antes de la expansión. Y
le tomo injustamente ventaja –le exploto- si la consiguiente distribución es
injusta de acuerdo con algún criterio por el estilo de «a cada uno de acuerdo
con sus necesidades», o «a cada uno de acuerdo con su contribución» o,
bien viola algún principio especificado, como el principio igualitario o el
principio maximin de la distribución.
Hay una tensión entre esta visión general de la
explotación y la noción específicamente marxista. En particular, la visión
general no nos permite hablar de explotación si la extracción de excedente se
basa en la fuerza, como en el feudalismo. Desde mi punto de vista, lo que es
común a la extracción de excedente por el señor feudal y por el capitalista no
es que ambos sean explotadores, sino que ambos son injustos de acuerdo con los
cánones marxianos de justicia.[5] Si, siguiendo a Marx,
nos referimos al sistema feudal como un sistema explotador, entonces no se ve
por qué no habríamos de decir lo mismo de una extorsión protectora[6]; y de aquí podríamos pasar
al atraco armado y hasta al hurto. Cualesquiera que sean los términos que
usemos, es claro que necesitamos distinguir entre una distribución injusta
resultante de transacciones voluntarias y la producción de injusticia por la fuerza.
Para seguir explorando esta idea de explotación,
podemos preguntarnos si nos permite decir que las mujeres están explotadas en
las sociedades capitalistas. La respuesta es sí, si el mercado de trabajo las
coloca en una posición particularmente desfavorable que permite a los patronos
tomar injustamente ventaja sobre ellas. ¿Podríamos decir que hay explotación
también en el matrimonio? Para ser eso cierto, deberíamos argüir que el marido
adquiere injustamente ventaja sobre su esposa ofreciéndole una posición que
ella encuentra superior a sus otras alternativas, y que sin embargo es injusta
de acuerdo con algún criterio distributivo. Pero sería injusta respecto de la
distribución dentro del matrimonio, no respecto de la distribución general de
la renta, puesto que la noción, de tomar ventaja sobre alguien implica que la
persona que adquiere la ventaja se beneficia injustamente. Y éste puede o no
ser el caso. Sin embargo, aun si no es el caso, el matrimonio puede ser
conectado con la explotación en el sentido de que la explotación de las mujeres
en el mercado de trabajo restringe el conjunto de alternativas abiertas a la
esposa. Así, pues, podríamos decir que las mujeres están explotadas por sus
patronos si consiguen una promoción más rápida mediante la prestación de
favores sexuales, pero son víctimas de extorsión si tienen que prestar esos
favores para obtener una promoción normal y corriente. La línea divisoria puede
ser difícilmente detectable en la práctica. Sin embargo, muchos casos caen
inequívocamente de un lado u otro de la línea.
Explotación y alternativas
Roemer, en la sección 8 de su papel, propone
también una «teoría general de la explotación» que, al igual que la
esbozada más arriba, tiene como caso particular la explotación de trabajadores
por patronos. Mi objeción fundamental contra esa teoría es que define la
explotación meramente en términos de alternativas hipotéticas -doblemente
hipotéticas, de hecho- bajo las cuales podría irle mejor al explotado.[7] De este modo no se
puede capturar la idea de que la explotación ocurre por causa de la interacción
entre los explotadores y los explotados. Esto es lo que yo llamo el componente
causal de la noción de explotación. Y no creo que pueda mejorarse la teoría
añadiendo ulteriores condiciones a las alternativas abiertas a los
explotados, pues la causalidad no puede en lo esencial ser capturada
por enunciados contrafácticos.
Antes de explicar el enunciado puesto en cursiva,
permítaseme echar un breve vistazo a la imponente variedad de ideas invocadas
por Roemer en su discusión de la explotación en términos de alternativas.
Primero, de acuerdo con Roemer, un grupo está explotado si consideramos que le
iría mejor «escapar» de la sociedad llevándose consigo los bienes especificados
por alguna regla de escapada. La regla de escape define el tipo particular de
explotación en cuestión. Segundo, en la nota 15 Roemer añade que un grupo está
explotado sólo si su complemento hubiera obtenido peores resultados caso de
haber escapado con las mismas reglas. Tercero, en la sección primera Roemer
explica que sólo puede haber explotación sobre la base del intercambio de
mercancías. En esa economía capitalista incipiente, las reglas de escape
relevantes son presumiblemente las mismas que en la economía capitalista, en la
que se le permite a una coalición llevarse consigo su parte per capita de los
bienes de la sociedad. Sin embargo, Roemer defiende el concepto de explotación
en este caso observando que a los explotadores les iría peor si se les
permitiera escapar de la sociedad con sus propios bienes y los de los
explotados. (Esto equivale a decir que los explotadores matan a los explotados
y se hacen con sus bienes). Creo que esta defensa está fuera de lugar. La
explotación es explotación por la estructura y el resultado de la interacción,
no por las distribuciones hipotéticas. En cualquier caso, el criterio implicado
por la explotación es más estricto que el criterio de que los explotadores
saldrían perdiendo si se retiraran con su parte per capita de los bienes
sociales, y no está claro por qué Roemer invoca este criterio más estricto. Una
posibilidad intermedia (sugerida por Roemer mismo en un trabajo inédito) seria
definir la explotación capitalista exigiendo, junto con los dos primeros
criterios, que a los explotadores les fuera peor si se retiraran con todos sus
bienes propios (pero no con los de los explotados). Todos esos criterios adicionales
pueden estar pensados para mostrar de algún modo que los explotadores dependen
de los explotados, interactúan con ellos, pero luego argumentaremos que esa no
es la conclusión que puede sacarse del trabajo de Roemer.
Otro punto oscuro en la teoría de Roemer acerca de
las reglas de escape surge en su tratamiento de la explotación feudal. Un grupo
de siervos están feudalmente explotados si consideramos que saldrían ganando
escapando con sus propios bienes, incluyendo las parcelas familiares de
terreno. Como evidencia de que los siervos estaban explotados realmente en este
sentido, Roemer recuerda la vigilancia a la que se les sometía para impedir que
se fueran a las ciudades. De lo cual Roemer concluye que a los siervos les
hubiera ido mejor si hubieran escapado incluso sin sus dotaciones (y a fortiori
si hubieran escapado con ellas). Pero eso es una falacia de composición.
Supuesto que cada uno de los siervos hubiera conseguido mejores resultados
escapando sin sus dotaciones, de aquí no se sigue que a todos les hubiera ido
mejor si todos hubieran escapado. Todos tenían que estar bajo vigilancia puesto
que todos estaban atraídos por las ciudades, pero las ciudades eran atractivas
sobre todo porque la vigilancia impedía que estuvieran sobrepobladas.[8] Análogamente, si bien
un siervo podía escapar con sus dotaciones y producir para el mercado urbano a
precios altos, no es menos cierto que esos precios habrían bajado tan pronto
como otros siervos le hubieran seguido. Creo que Roemer no querrá sostener que
hay explotación en este caso, el cual es sin embargo idéntico al de los siervos
que escapan.
Regresaré ahora a mi objeción fundamental contra la
teoría contrafáctica de la explotación. Como dije, la explotación es una noción
causal. La explotación capitalista, por ejemplo, se debe a que los capitalistas
poseen ciertos bienes de los que carecen los obreros. Y hay argumentos
generales en contra de la idea de que la causalidad puede ser exhaustivamente
expresada con enunciados contrafácticos por el estilo de los que expresan las
alternativas de escape de Roemer.[9] La verdad de
«Si A no hubiera estado presente, B no habría
estado presente» no es ni necesaria ni suficiente para la verdad de «A causó B».
Insistiré sobre todo en la no suficiencia, pero primero diré algo sobre la no
necesidad.
La no necesidad puede verse bien si atendemos al
fenómeno de la causación prioritaria. A puede causar B,
y sin embargo el enunciado contrafáctico puede ser falso, pues otra causa C puede
aguardar agazapada en el flanco y causar B si A falla.
Esto tiene implicaciones a la hora de explicar el poder (el cual, lo mismo que
la explotación, tiene un componente causal) en términos de condicionales
contrafácticos.[10] Si tengo poder para
llevar algo a cabo, éste no está afectado por el hecho de que tú quieras
llevarlo a cabo si yo decido no hacerlo. Puede incluso ocurrir que yo quiera
llevarlo a cabo solamente en el caso de que sepa que, en caso contrario, tú lo
harás, lo que sería cierto si yo estoy motivado por el despecho o la rivalidad.
Del mismo modo, pueden también construirse ejemplos de explotación prioritaria.
Estos, sin embargo, no serían contraejemplos a la teoría de Roemer dado el modo
en que la condición de escape es especificada. Pero tales contraejemplos
aparecerán si atendemos a casos en los que la verdad del enunciado
contrafáctico no es una condición suficiente para la verdad del enunciado
causal.
Estos son casos de epifenómenos, en los
cuales A y B están correlacionados por ser
efectos de una causa común C. Suponiendo que C es
suficiente para A y necesario para B, el enunciado
contrafáctico resulta verdadero, y sin embargo el enunciado causal es falso.
Consideremos, por poner un ejemplo, una sociedad hipotética en la que hay dos
grupos de personas de dimensiones y bienes iguales. No interactúan
económicamente, esto es, producen y consumen aisladamente uno respecto del
otro. Pero interactúan ideológicamente del modo siguiente. El gupo R tiene una
religión puritana que hace que sus miembros trabajen largas horas y produzcan
mucho, pero la religión sólo les motiva a trabajar si tienen ante sus ojos al
perezoso grupo S, al que ellos presuntuosamente creen condenado a eternos
sufrimientos. Los miembros del grupo S trabajan pocas horas porque creen
-erróneamente- que el estilo de vida rígido, y para ellos horrendo, del grupo R
se debe a la cantidad de horas que trabajan, no a la religión. Entonces, es verdad
que a S le iría mejor si escapara con sus propios bienes o la porción de bienes
per capita (los cuales, en este ejemplo, vienen a ser los mismos), y que a R le
iría peor si escapara con sus propios bienes o con la porción per capita.
Además, podríamos disponer el asunto de modo que fuera incluso verdad que a R
le fuera peor si escapara con sus propios bienes y los de S. De acuerdo con la
teoría de Roemer, esto sería explotación, lo que es contrario a la intuición.
En cierto sentido es verdad que el bienestar de R depende de la existencia de
S, pero este tipo de dependencia no vale como relación de explotación.
Parece como si Roemer hubiera tenido en cuenta la
posibilidad de un contraejemplo de este tipo cuando añade, en la nota 15 de su
artículo, que está tratando sólo con situaciones de transacciones económicas
«al alcance de la mano», en las que ha de haber una relación de «dominación»
entre explotadores y explotados. Estos dos añadidos parecen ad hoc
y son, en cualquier caso, mucho menos precisos que los otros criterios. Creo
que todo intento de precisarlos chocaría de nuevo con contraejemplos que
formalmente los satisfarían y, sin embargo, no podrían considerarse
explotación. Cualquier contraejemplo puede ser sorteado añadiendo otro
criterio, pero ningún conjunto de criterios permitiría a Roemer sortear todos
los contraejemplos, pues anda tras una mala pista. O bien, como interpretación
alternativa, intenta Roemer con esos criterios adicionales dibujar la noción de
lo que yo he llamado «tomar injustamente ventaja sobre», en cuyo caso no hay
desacuerdo entre nosotros, pero tampoco gran novedad en su enfoque.
Eso no quiere decir que la concepción de la
explotación en términos de teoría de juegos sea inútil. Al contrario: ofrece
una valiosa caracterización (no definicional) de muchos casos importantes de
explotación. Una buena parte de la sección 8 del artículo de Roemer se sostiene
bien si reinterpretamos las propiedades contrafácticas como rasgos contingentes
antes que constitutivos de la explotación. Análogamente, un rasgo muy
importante de muchos casos de causación es que, en ausencia de la causa, el
efecto no ocurriría. En realidad, ése es el motivo de que la causación sea tan
importante en contextos prácticos. Pero la definición del concepto no debería
confundirse con la caracterización empírica de casos prácticos importantes. La
teoría «general» de la explotación es menos general de lo que Roemer quiere
hacernos creer.
Intercambio desigual
El análisis de la explotación como intercambio
desigual constituye la parte principal del papel de Roemer. Tiene todas
las virtudes que Roemer pretende de él: la aclaración del proceso endógeno de
formación de las clases, la derivación de la correspondencia clase-explotación
como un teorema más que como un postulado, y la similar derivación de la
correspondencia clase-riqueza.[11] El análisis pone de
relieve ambigüedades no percibidas por los marxistas, tales como la dificultad
de definir la explotación creada por la no-proporcionalidad de precios y
valores. A diferencia del enfoque basado en la teoría de juegos, esta noción de
explotación nos muestra el mecanismo real y la interacción a través
de los cuales unos aparecen como explotadores y otros como explotados, bastando
para ello las dotaciones iniciales y el aparato coercitivo del estado para
garantizar los contratos. La teoría tiene lo que se ha llamado «la obviedad ex
post de toda buena ciencia» y es, de hecho, la más interesante pieza de teoría
económica marxista en muchos años.
Mencionaré brevemente tres problemas con que me he
encontrado al reflexionar sobre la teoría. El primero, subrayado por Roemer
mismo, es el más serio: cuando el trabajo es heterogéneo, la teoría de la
explotación en términos de plusvalía no funciona. Estoy de acuerdo con Roemer
en que esto muestra que la teoría de la plusvalía no es completamente general y
que caracteriza tan sólo «un importante caso especial». Pero no estoy de
acuerdo en que debamos refugiarnos en el enfoque en términos de la teoría de
juegos propuesto en la sección 8. No dispongo de espacio aquí para ofrecer mi
propia visión del asunto. Pero muy brevemente puede compendiarse así: el número
de horas trabajadas es éticamente relevante incluso en el caso de que la
cualidad del trabajo sea heterogénea, pues -a diferencia de las dotaciones
naturales- el tiempo de trabajo es una variable controlada por el trabajador.
El principio
«A cada cual de acuerdo con su
contribución», tiene, pues, sentido en términos de horas de tiempo de trabajo
independientemente de la cualidad del trabajo. Es justo dar más a una persona
que escoge trabajar más horas, pero no lo es dar más a alguien que posea alguna
rara habilidad.
Una segunda dificultad es el carácter artificial de
los modelos. Nos gustaría saber hasta qué punto los resultados pueden
extenderse al caso más general, en el que se consideran las relaciones entre el
consumo y el tiempo de trabajo, o entre la acumulación y el tiempo de trabajo.
No se trata de una objeción a la teoría, sino sólo de un problema de
investigación que debe seguir siendo explorado por ella. La tercera dificultad,
empero, es más sustancial. En sus modelos de intercambio desigual, Roemer no define
realmente la relación de explotación. Ocurre más bien que los modelos sólo nos
capacitan para definir los predicados «está explotado» y «es
un explotador». Pero de los dos enunciados «A es un explotador» y
«B está explotado» no podemos derivar la relación «A explota a
B». Análogamente, de los enunciados «A tiene poder» y «B no tiene poder» -tal
como están definidos, por ejemplo, en la teoría del poder de James Coleman-[12] no podemos derivar el
enunciado «A tiene poder sobre B». El enunciado «B está explotado»
es verdadero merced a las relaciones sociales, esto es, a las relaciones de
intercambio, pero la teoría no nos permite definir una relación de explotación.
En los modelos de Roemer, la explotación es un concepto del equilibrio
general, de modo que no podemos saber quiénes son los explotadores y quiénes
los explotados echando un vistazo meramente a interacciones entre dos personas.
Además, en un trabajo inédito, Roemer ha construido un ingenioso ejemplo en el
que A expropia parte del trabajo de B y, sin embargo, en el
resultado final, no hay explotación alguna.[13] En lo que
sigue, discuto algunas implicaciones de este ejemplo.
Explotación, alienación y acción colectiva
¿Por qué es incómoda la discusión sobre la
explotación? Hay dos posibles respuestas a esta cuestión. Primero, la
explotación es moralmente mala; el capitalismo y otras sociedades de clase han
de ser condenadas porque se basan en la explotación. En segundo lugar, la
explotación es una variable clave en el análisis del cambio social, puesto que
está estrechamente vinculada con la clase social y puesto que el cambio social
se explica en su mayor parte por la lucha de clases. Una noción de explotación
puede estar guiada por el aspecto normativo, o por el más analítico, o por
ambos. No hay, sin embargo, a priori, razón alguna por la que el concepto
normativamente apropiado no sea también el que explica el cambio social. Si
éste fuera el caso, se trataría de un triunfo para el marxismo y conseguiría
así establecer el vínculo entre teoría y práctica que los marxistas han andado
buscando desde hace más de un siglo. Pero no se puede dar por hecho.
Está claro que Roemer se guía por objetivos
analíticos tanto como normativos. En su discusión explotación versus
alienación, se refiere a una escuela de marxistas que creen que la alienación
en el trabajo es «la piedra de toque en el juicio» al capitalismo. Esta
es una visión normativa, y el desacuerdo de Roemer con ella está fundado
también normativamente. Pero en el parágrafo siguiente él rechaza también el
«enfoque en términos de proceso de trabajo» como inadecuado «para entender las
leyes de movimiento de la sociedad». Esta es, seguramente, una estimación
puramente analítica del enfoque. Pero, aunque la distinción entre las
dimensiones normativa y analítica está, en principio, clara, Roemer no la hace
explícita y jamás se enfrenta a la posibilidad de que las dos puedan
arrojar resultados distintos al elegirlas como guías para la exploración de la
explotación. No necesariamente ha de ser cierto que la noción de explotación
que mejor se corresponde con nuestro juicio normativo intuitivo es también la
mejor por lo que hace a nuestras intuiciones analíticas.
Volviendo a la discusión suspendida al final de la
sección previa, podría ser el caso que, mientras que para propósitos normativos
el concepto apropiado de explotación es el del equilibrio general, ocurra que
sólo relaciones cara-a-cara generen la lucha de clases.[14] El ejemplo construido
por Roemer (y dado en la nota 12) muestra que, incluso en el caso de que
aparezca aisladamente el hecho de que A explota a B, no por
ello se convertirá necesariamente A en un explotador,
o B en un explotado, al considerar el contexto más general. Sin
embargo, B, ignorando ese contexto, puede rebelarse contra A. Otro
ejemplo -más importante- en la misma línea concierne a la dimensión temporal de
la explotación. Si, siguiendo a Roemer, definimos la explotación meramente en
términos de distribución de los bienes de consumo, entonces quizá pueda
argumentarse que no hay explotación alguna si el excedente arrebatado a los
trabajadores se reinvierte totalmente para provecho de los trabajadores algún
tiempo después.[15] Habría entonces una
apariencia de explotación, debida a la extracción de excedente, pero no
explotación propiamente dicha en un contexto temporal más amplio. Sin embargo,
los trabajadores, ignorando o pasando por alto los beneficios futuros que habría
de acarrearles la presente extracción de excedente, podrían verse llevados a la
rebelión por lo que ellos toman erróneamente por explotación.
En el caso extremo considerado aquí, en el que no
hay consumo capitalista de excedente, tendríamos aún buenas razones para desear
la abolición del sistema: por ejemplo, el horror a la extrema concentración de
poder económico en las manos de unos pocos. Podríamos vemos incluso llevados,
como Leszek Kolakowski, a definir la explotación en términos de este «poder
exclusivo de decisión sobre el uso de los medios de producción»[16] porque creyéramos que
éste es el Fundamento apropiado para condenar el capitalismo. Roemer,
presumiblemente, se referiría a esto como alienación, y cuestionaría su
importancia moral y explicatoria. El aspecto explicatorio es discutible, puesto
que este caso extremo jamás se ha realizado ni se realizará. Pero, por lo que
hace al aspecto moral, yo sostendría que la extracción de excedente por sí
misma no tiene implicación ética alguna si el excedente se reinvierte
totalmente para beneficio de los productores directos.
Más importante, no obstante, es el caso contrario:
la realidad de la explotación sin apariencia. La consciencia de clase
«tradeunionista» o «socialdemócrata» se caracteriza por una tendencia a ver el
trabajo y el capital a la par, como «factores de producción», sin percatarse de
que el capital es trabajo muerto y no tiene derecho moral alguno al producto.”
Puesto que los capitalistas consumen parte del excedente que extraen a los
obreros, éstos están explotados. Sin embargo, a los trabajadores les resulta difícil
de percibir así las cosas por la ilusión ideológica de que los propietarios de
los medios de producción tienen derecho a una recompensa por el capital. Aquí,
pues, los trabajadores pueden estar motivados para la lucha por la alienación
en el proceso productivo, pero no por el aspecto normativamente más profundo de
la explotación. Así, si la motivación del análisis es puramente analítica,
podemos desear otra vez llamar «explotación», al fenómeno que Roemer
llama alienación.
Aun si coincido con Roemer acerca de la importancia
de las «definiciones engendradas por la prueba», creo que los ejemplos que he
aportado muestran que, en el caso de la explotación, diferentes pruebas pueden
llevarle a uno a diferentes definiciones. Y sugiero que Roemer se ata demasiado
a la asunción implícita de que los objetivos normativos y analíticos andan
siempre parejos.
Acabaré con unas pocas palabras sobre la noción de
alienación. Tal como la usa Roemer, refiere a un sentimiento subjetivo de falta
de control en el proceso de trabajo. Es, pues, una posible motivación para la
acción colectiva. Esta noción de alienación procede de los Manuscritos
económico-filosóficos de 1844 de Marx, no de su Capital ni de otros escritos
económicos de madurez. En estos últimos, el término «alienación», se emplea aún
abundantemente, pero, en mi opinión, en un sentido más estructural y menos psicológico.
El trabajador está alienado no respecto de su producto, o del proceso de
trabajo, sino respecto de los medios de producción. Y esta alienación
respecto de los medios de producción es exactamente lo que anda por debajo de
la consciencia tradeunionista o socialdemócrata antes aludida.
En esta versión, la alienación no es un estado
mental, sino la ausencia de estado mental, esto es, la incapacidad de percibir
al capital como trabajo muerto. Además, en este sentido, la alienación es un
obstáculo para la acción colectiva, antes que una motivación para la lucha. Los
trabajadores están explotados, pero están también alienados al aceptar la
apariencia de que no están explotados.
Traducción: Toni Domenech
* Estoy muy agradecido a John Roemer y a Gerald
Cohen por varias discursiones sobre las cuestiones tratadas en este papel.
[1] mientras
tanto, nº 20. pp. 25-50 y mientras tanto, nº 21, pp.
21-38.
[2] Vease, por ejemplo.
G. Bloom, A Reconsideration of the Theory of Exploitation., Quorterly
Journal of Economics. vol. 55 (1940): y M. Olson. The Logic
of Collective Action. Harvard University Prers, Cambridge, 1965.
[3] En particular, la
solución de Zeuthen-Nash-Harsanyi para juegos cooperativos de dos personas
tiene lo que a veces se llama el “efecto Matthews”, que afirma que la parte del
león de los beneficios de la cooperación va a parar al actor que ya está en
mejor posición.
[4] Para discusiones
cobre la cuestión de si las ofertas pueden ser coercitivas, véase “coerción”,
en H. Frankfurt, Essays on Freedom of Action, Routledge and Kegan
Paul, Londres, 1973; o D. Zimmerman, “Coercitive Wage Offers”,
Philosophy and Public Affairs, vol. 10 (1981). Aunque la línea entre
la acción voluntaria y la acción forzada por la coerción es difícil de trazar,
mi argumento no requiere más que el acuerdo en que tal línea existe.
[5] En el debate entre
Husami y Wood sobre si Marx tenía una teoría no relativa de la justicia, me
inclino, pues, por el primero, que argumenta que Marx disponía de una teoria
así. Creo que el principio que anda por debajo tanto de la crítica del capitalismo
como de los esbozos de lo que ha de ser el comunismo dados en la Critica del
Programa de Gotha puede expresarse con una combinación del principio de las
necesidades y. del principio de la contribución: a cada cual de acuerdo con su
posición en el espacio necesidades-contribución. Contribución se toma aquí
meramente como número de horas trabajadas, independientemente de la habilidad
con que es ejecutado el trabajo. Cf. Z. Husami, “Marx on Distributive
Justice”, en Philosophy and Public Affairs, vol. 8 (1978):
A. Wood, “The Marxian Critique of Justice”, ibid., vol. 1
(1972); e idem, “Marx on Right and Justice: A Reply to Husami”,
ibid., vol. 8 (1979).
[6] Esto presupone; como
hace Roemer, que rechazamos la noción de feudalismo como intercambio
voluntario, mutuamente benéfico, de protección militar por grano. Aunque puede
haber una apariencia de beneficios mutuos, dado que el señor feudal protege, de
hecho, a los campesinos en contra de otros señores. Lo mismo vale de una
extorsión protectora, en la que un gangster protege a sus víctimas en contra de
los extorsionadores que compiten con él.
[7] Digo, «doblemente
hipotéticas» porque tenemos que asumir, primero, que el grupo en cuestión se
retira o escapa de la sociedad, y, luego, tenemos que asumir que no sufriría
problemas de incentivos. Como ha observado Philippe van Parijs (en un manuscrito
inédito), la segunda asunción hipotética rompe el vínculo entre la explotación
y la acción colectiva, pues difícilmente se rebelarían los explotados para
conseguir una situación en la que sólo les iría mejor si per impossibile lograran
superar los problemas de incentivos. Diré algo más sobre explotación y acción
colectiva en la sección final de este papel.
[8] De acuerdo con R.
Brenner, «Agrarian Class Structure and Economic Development in
Pre-industrial Europe», Post and Present, 70 (1976).
54-55. “la esencia de la economía urbana, basada en la producción de lujo para
un mercado limitado, era la restricción económica, en particular el control del
mercado de trabajos”.
[9] Cf. D. Lewis, “Causation”.
Journal of Philosophy, vol. 70 (1973), para argumentos al respecto.
Tampoco coincido con la alternativa propuesta por Lewis que consiste en
explicar la causalidad en términos de mundos posibles. Para una crítica de este
último enfoque y una sólida defensa del análisis humeano de la causalidad. cf.
T. Behuchamp y A. Rosenberg. Hume and the Problem of Causation,
Oxford University press, Nueva York; 1981
[10] A. Goldman tiene un
análisis del poder en términos de condicionales subjuntivos (no causales), que
fracasa porque no puede aclarar el poder prioritario. Cf. Goldman, “Toward
a Theory of Social Power”. Philosophical Studies, vol. 23 (1972)
[11] Mientras que el
teorema de correspondencia clase-explotación choca con la noción marxista
tradicional, según la cual las clases deberían definirse por
la explotación, la correspondencia clase-riqueza, en cambio, choca con la
noción tradicional no-marxista, según la cual las clases deberían definirse por
la renta. Roemer muestra que en ambos casos hay un vínculo, pero no un vínculo
definicional.
[12] J. Coleman, The
Mathematics of Collective Action, Heinemann, Londres, 1973.
[13] En este ejemplo, hay
un solo bien, el trigo, que puede producirse con dos tecnologías, una que
requiere trabajo y semillas (que existen en una cantidad limitada) y otra,
menos eficiente, que requiere trabajo solamente. Las semillas bastan para producir
la mitad de las necesidades de la población, y están distribuidas
igualitariamente. Una solución es que cada productor trabaje cuatro horas con
sus propias semillas y ocho con la tecnología menos eficiente. Otra solución es
que una parte de la población trabaje cuatro horas: con sus propias semillas y
ocho horas con las semillas de la otra parte, percibiendo como salario la mitad
del producto, yendo a parar la otra mitad a los que hacen de patronos, los
cuales tienen que trabajar también doce horas para producir el resto de su
subsistencia con la tecnología menos eficiente.
[14] M. Weber, Economy
and Society, Bedminster Preis, Nueva York, 1968, P. 305, observa
también que la «organización con consciencia de clase tiene normalmente más
éxito … al enfrentarse a los adversarios económicos inmediatos (obreros contra
patronos, pero no contra accionistas, las cuales extraen, en verdad,
rentas no producidas, ni tampoco en el caso de campesinos enfrentados a
terratenientes que perciben rentas de sus propiedades) ».
[15] Roemer, evidentemente, refina este
problema definiendo la explotación en economías de acumulación
en términos de consumo posible, no real. Obsérvese, sin embargo, que este
proceder tiene dos consecuencias distintas. En el caso de los trabajadores, la
definición hace que la explotación sea independiente de las preferencias acerca
de las cestas de consumo. En el caso de los capitalistas. la explotación
resulta ser independiente de la división del excedente entre reinversión y
consumo (y de la cesta exacta de consumo escogida). Roemer argumenta que la
primera consideración favorece a su definición, pero no menciona la segunda,
que, en mi opinión, tiende a serle contraria.
[16] L. Kolakawski, Main Currents
of Marxism, Oxford University Press, Oxford, 1978, 1, p. 333.

