Libro No. 332. Desplazamiento Forzado en Colombia: ¿Sólo buenas Intenciones? Andrew Julián Martínez Martínez,...Y Otros
© Libro No. 332. Desplazamiento
Forzado en Colombia: ¿Sólo buenas Intenciones? Andrew Julián Martínez Martínez,
Jorge Flavio Páez Amaya, William René Carrillo Veloza y Ludy Jeannette Bacca
Caicedo . Colección Emancipación Obrera. Agosto 11 de 2012.
Título
original: © LA POLÍTICA PÚBLICA SOBRE
DESPLAZAMIENTO FORZADO EN COLOMBIA: ¿SÓLO BUENAS INTENCIONES? Andrew Julián
Martínez Martínez, Jorge Flavio Páez Amaya, William René Carrillo Veloza y Ludy
Jeannette Bacca Caicedo.
Versión
Original: © LA POLÍTICA PÚBLICA SOBRE
DESPLAZAMIENTO FORZADO EN COLOMBIA: ¿SÓLO BUENAS INTENCIONES?
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© Edición, reedición y Colección Biblioteca Emancipación:
Guillermo Molina Miranda
LA
POLÍTICA PÚBLICA SOBRE DESPLAZAMIENTO FORZADO EN COLOMBIA: ¿SÓLO BUENAS
INTENCIONES?[1]
“El desplazamiento forzado tiene
rostro. Un rostro conformado, a su vez,
por caras diferentes – niños, jóvenes, adultos, ancianos... en últimas hombres
y mujeres de diferentes edades y regiones de Colombia – y quienes sufren las
consecuencias del conflicto interno, de la pobreza del país, de la ausencia de
valores en la sociedad colombiana y de la falta de eficacia en la política
pública ”.
INTRODUCCIÓN
La Constitución Política establece como
fines esenciales del Estado es el de garantizar
“... la efectividad de los principios, derechos y deberes..., asegurar
la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.”. A su vez, las autoridades han sido
instituidas para “proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su
vida, honra, bienes, ... derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento
de los deberes sociales del Estado...”
Durante las últimas dos décadas del siglo
XX, más de tres millones doscientas mil
personas han debido abandonar su lugar de origen y/o residencia, por causa del
conflicto interno armado. Derechos y
libertades constitucionales como el de propiedad, fijar residencia libremente,
movilidad, etc., han sido violados sistemáticamente.
El Estado, responsable de prevenir el
desplazamiento, disminuir sus efectos y castigar a quien sea causante del
hecho, ha diseñado una política pública que ha comprometido recursos e
instituciones no sólo de carácter estatal y nacional, sino que ha convocado a
participar a la comunidad internacional, a la sociedad civil y a organizaciones
no gubernamentales.
Para evaluar la política pública, se
requiere entonces, analizar el conjunto de entidades que hacen parte del
Sistema Nacional de Atención Integral a Población Desplazada (SNAIPD),
incluyendo las que conforman a los subsectores Defensa Justicia y Seguridad,
pues ellas son responsables de aspectos fundamentales como la prevención,
defensa de derechos, protección de víctimas, funciones indelegables por parte
del Estado, pues se constituyen en bienes públicos.
Este documento incluye siete capítulos, en
los cuales se abordan la relación entre el conflicto armado y el desplazamiento
forzoso, la magnitud y dinámica del fenómeno, la política pública y el marco
legal, los costos y gestión institucional así como el apoyo brindado por la
comunidad internacional.
Adicionalmente, se realizan algunos análisis sobre los impactos
socioeconómicos sufridos por los directamente afectados y los aspectos críticos
de la política. Por último, se
sintetizan las conclusiones correspondientes.
CAPÍTULO I.
CONFLICTO ARMADO Y DESPLAZAMIENTO
FORZADO
En situaciones de conflicto armado, los
actores del mismo tienden a acudir a mecanismos de guerra que atentan
directamente en contra de la población no combatiente, mediante acciones
constitutivas de violaciones graves a los Derechos Humanos y al Derecho
Internacional Humanitario – DIH, una de cuyas graves manifestaciones es el
desplazamiento forzado interno.
Lo ocurrido dentro de la llamada violencia
bipartidista de mediados del siglo pasado, constituye un antecedente y
referente del desplazamiento forzado.
No obstante, la complejidad e intensidad del actual y prolongado
conflicto armado interno, ha alterado progresivamente las condiciones básicas
del mismo, con la introducción de nuevos agentes (paramilitares y
narcotraficantes) y con la aparición de circunstancias agravantes (tráfico
ilegal de drogas, extorsión y secuestro) que han incidido en la intensidad y
frecuencia del fenómeno.
Los principales grupos guerrilleros que
operan en la actualidad, FARC y ELN,
surgen en el periodo posterior a la violencia de mediados del siglo
pasado. Se afirma que estos grupos nacen
como consecuencia de los acuerdos
realizados por el Frente Nacional, acuerdos que, aunque dieron respuesta a
conflictos políticos existentes entre las elites de los partidos, no la dieron
a conflictos inherentes a los presentados por fenómenos de violencia
generalizada, específicamente al conflicto agrario.
El
Informe Nacional de Desarrollo Humano para Colombia - 2004, realizado por el PNUD , señala como principales características del
conflicto, su ubicación preferencial en la
"periferia campesina" o en las "zonas de frontera" y
su carácter marginal con respecto al sistema político, lo que ha determinado la
forma de actuar de los grupos armados ilegales .
De esta forma, reductos de las guerrillas
liberales organizadas en autodefensas campesinas no aceptaron las condiciones
de amnistía y desmovilización, ocasionando la consecuente represión por las
fuerzas militares. Paralelamente, algunos sectores de izquierda,
particularmente vinculados con el Partido Comunista, que se sentían excluidos
del sistema político, de alguna forma lograron influenciar ideológicamente
a estas guerrillas.
Durante varias décadas la respuesta del
Estado fue básicamente militar, porque las elites políticas se desentendieron
del problema. Además, en el contexto de
la guerra fría, los grupos guerrilleros fueron vistos como una amenaza a la
seguridad nacional.
Desde los años ochenta se han presentado
acercamientos y negociaciones entre los distintos gobiernos y grupos
insurgentes, que en algunos casos han
dado frutos positivos. Sin embargo, vale resaltar que con las FARC y el ELN,
por distintas razones no ha sido posible llegar a ningún acuerdo. Situación que ha llevado, a que en la
actualidad la relación entre las partes,
esté inmersa en un clima de desconfianza, en la que predomina la lógica militar
sobre la política.
Ahora bien, un aspecto más reciente en la
dinámica del conflicto armado es su vinculación con el tráfico ilegal de drogas
y la guerra contra el mismo. A partir
de los años ochenta los grupos guerrilleros, especialmente las FARC, han encontrado en actividades como el cobro
de impuestos sobre la producción en la zona que controlan, y posiblemente en la
participación directa en el negocio del narcotráfico, junto con otras rentas
ilegales provenientes de la extorsión y el secuestro, los recursos suficientes
para incrementar su capacidad militar para confrontar al Estado, lo que se hizo evidente a finales de los
años noventa y comienzos de la presente década .
En su actuación militar predominante, estos
grupos han utilizado mecanismos de guerra violatorios del DIH, como ataques contra poblaciones,
efectuados con armas no convencionales,
asesinatos, masacres y secuestros, ocasionando en muchos casos, de manera
masiva o individual, el desplazamiento forzado de personas.
También, a mediados de los años 80, surge
el paramilitarismo actual, especialmente como extensión de los ejércitos
privados de grupos de narcotraficantes y otros negocios ilegales, con el fin de
proteger sus propiedades de la amenaza guerrillera. Su poder y áreas de influencia se
escalonaron rápidamente desde mediados de los años noventa .
Desde su creación, estos grupos se han
caracterizado por la utilización del terror como mecanismo de guerra, mediante
acciones como las masacres, asesinatos selectivos, torturas y desapariciones,
siendo en los últimos años el principal causante de desplazamientos forzados en
el país.
El aumento de la capacidad ofensiva de los grupos irregulares y su vinculación
con el tráfico de drogas ha creado un clima favorable para que el Estado
aumente los recursos destinados para el sector Seguridad y Defensa.
El incremento de la capacidad militar del
Estado y las actividades de recuperación del territorio, por una parte, así
como la intensificación de fumigación y erradicación forzosa de cultivos
ilícitos en territorios donde imperan los actores irregulares, han incidido en
el mayor número de personas desplazadas.
Las características que ha adquirido el
conflicto en las distintas regiones del país, las circunstancias de
confrontación y las estrategias de
dominio territorial, determinan que los casos de desplazamiento forzado se
clasifiquen en distintas tipologías:
Cuando
personas como líderes comunitarios, sindicalistas o defensores de derechos
humanos son amenazados, asesinados, torturados o desaparecidos en razón de sus
actividades y ellos y/o sus familias se ven obligados a desplazarse de forma
individual.
Cuando
una comunidad es acusada por un actor armado de ser colaboradora del grupo
rival, razón por la cual se vuelve objetivo de amenazas y ataques mediante
actos de intimidación como asesinatos, masacres, desapariciones y torturas.
El fin de los ataques es cortarle el
suministro de provisiones a los combatientes replegados y/o para dejarlo sin
sus bases sociales. También se presentan casos en que las familias huyen para evitar que los hijos menores
sean reclutados por los agentes armados.
En algunos casos, especialmente cuando las
zonas revisten importancia estratégica militar o económica, "son
repobladas por partidarios de las fuerzas que llevan a cabo el
desplazamiento" .
Cuando el desplazamiento se ocasiona como consecuencia de combates entre los
grupos armados, y en los que la población civil puede ser utilizada como
escudos, viéndose compelida a abandonar sus lugares de habitación por razones de seguridad.
En términos cuantitativos, los mayores índices de desplazamiento se
presentan en zonas de disputa entre los actores armados o, "zonas de
reacomodamiento hegemónico de los actores". Se puede observar que el desplazamiento esta
ligado a la violación sistemática de los derechos humanos de las poblaciones
por parte de los actores armados.
Los análisis realizados, señalan que la
disputa por los territorios donde se produce desplazamiento se caracterizan por
ser zonas económicamente atractivas, por lo que finalmente el conflicto es
aprovechado para acceder al dominio de las mismas: "De tal manera, que no sólo hay
desplazamiento porque hay guerra, sino que hay más guerra para desplazar más
gente, porque los intereses económicos, que van más allá de la simple tenencia
de la tierra, así lo determinan y porque el conflicto armado es un escenario favorable
para afirmar este tipo de relaciones de poder" .
Así mismo, CODHES señala que los fenómenos de desplazamiento
suelen ocurrir cuando un territorio es objetivo de uno de los actores armados o
es lugar de disputa por su dominio, pero cuando finalmente uno de los actores
asume el control de la zona "ejerce modelos de sometimiento similares al
de una fuerza de ocupación, se impide la libre movilidad de sus habitantes y se
limita la acción humanitaria" .
Ahora bien, los cambios en las dinámicas
del conflicto y la reconfiguración geográfica y estratégica de los actores
armados, determinan cambios en las dinámicas regionales del desplazamiento
forzado.
Recientemente, los actores armados que han
logrado el control de determinadas zonas, han optado por no obligar a la
población a abandonar el territorio, sino que, por el contrario, la someten a
permanecer confinada, impidiéndole el ingreso de provisiones y de ayuda
humanitaria.
A septiembre de 2004, 70 poblaciones ,
pertenecientes a nueve (9) departamentos (Putumayo, Antioquia, Sucre,
Magdalena, Casanare, La Guajira, Guaviare, Caquetá y Meta), eran blanco de
esta práctica .
CAPÍTULO II. MAGNITUD Y DINÁMICA DEL FENÓMENO
2.1
Magnitud
Existen dos sistemas principales en la
medición del fenómeno del desplazamiento forzado. En primer lugar, con el fin de mantener
información actualizada del potencial de población a ser atendida, de la
efectivamente atendida y realizar el seguimiento a los servicios que el Estado
colombiano está prestando, la RSS opera
el Sistema Único de Registro - S.U.R., en el cual se efectúa la inscripción de
las declaraciones presentadas por los hogares y personas que buscan el
reconocimiento de la condición de desplazados.
A pesar de existir el S.U.R., como
instrumento técnico, se presentan inconsistencias en las cifras reportadas con
respecto a la información contenida en el informe presentado al Congreso de la
República en 2004, para un mismo período de tiempo. De igual manera ocurre para el primer
semestre de 2004*, Cuadro 1.
Cuadro1
|
AÑO |
INFORMACIÓN CONGRESO |
REPORTADO AGOSTO 3/2004 |
REPORTADO SEPT. 20/2004 |
REPORTADO OCTUBRE 7/2004 |
REPORTADO NOV. 8/2004 |
|
2000 |
267.814 |
339.845 |
328.151 |
329.969 |
329.974 |
|
2001 |
332.191 |
371.191 |
371.299 |
373.531 |
373.592 |
|
2002 |
380.158 |
411.894 |
411.970 |
422.229 |
422.750 |
|
2003 |
187.573 |
213.697 |
211.834 |
219.361 |
219.423 |
|
2004* |
0 |
72.072 |
79.855 |
85.660 |
86.048 |
PERSONAS DESPLAZADAS SEGÚN REPORTES RSS
AÑO INFORMACIÓN
CONGRESO REPORTADO AGOSTO 3/2004 REPORTADO
SEPT. 20/2004 REPORTADO OCTUBRE 7/2004 REPORTADO
NOV. 8/2004
2000 267.814 339.845 328.151 329.969 329.974
2001 332.191 371.191 371.299 373.531 373.592
2002 380.158 411.894 411.970 422.229 422.750
2003 187.573 213.697 211.834 219.361 219.423
2004* 0 72.072 79.855 85.660 86.048
Fuente: RSS – SUR.
En segundo lugar, el Sistema de Información
sobre Desplazamiento Forzado y Derechos Humanos en Colombia (SISDES),
implementado por CODHES, realiza el procesamiento de información sobre
población desplazada en Colombia a través de tres estrategias principales:
Monitoreo
de fuentes secundarias: de manera sistemática y permanente revisan 34
periódicos nacionales, regionales y locales, así como revistas y publicaciones especializadas.
Para
evitar imprecisiones en los estimativos realizados por diferentes fuentes, esta
información se verifica en cada caso particular con autoridades locales
(Gobernaciones, Alcaldías o Cabildos Indígenas), organismos de control
(Procuraduría, Defensorías, personerías) con autoridades eclesiásticas, con ONG
del orden internacional, regional y local, con organizaciones de desplazados y
cuando es posible con las propias comunidades desarraigadas.
Información
de Hogares en situación de desplazamiento: con base en los estimativos
realizados por CODHES el año inmediatamente anterior, se calcula el tamaño de
la muestra representativa aleatoria que servirá como instrumento de
caracterización sociodemográfica de la población desplazada
La información se captura en un software
diseñado para el efecto y se procesa, analiza e interpreta haciendo uso de
técnicas de georeferenciación, comparación con otras fuentes y consulta con
expertos. Sin embargo, a pesar de lograr
una complementación de metodologías cuantitativas y cualitativas en la medición
del fenómeno, existen dificultades dado que no es posible monitorear y realizar
trabajo de campo en todas las zonas afectadas por la problemática.
El Gráfico 1, describe la evolución del
fenómeno de acuerdo con los sistemas de información analizados. La magnitud de la cifra de quienes se han
visto desplazados desde 1994 es alarmante, ya que para CODHES, organismo que
tiene un mayor cubrimiento en la recolección de información, más de 2,7
millones de personas han sido víctimas de la migración forzosa interna, el 6%
de la población proyectada para 2004 .
Esta cifra se encuentra subestimada, puesto que la misma organización
reconoce un subregistro de 20% . A su
vez, la RSS admite que en la información que suministra el S.U.R. éste llega a
ser 35% .
De acuerdo con la información reportada por
CODHES a septiembre de 2004, se realizó una proyección para el último trimestre
teniendo como base el comportamiento de los últimos tres años, lo cual permitió
calcular que aproximadamente se verán desplazadas 243.000 personas para 2004.
La proyección efectuada a las estadísticas
suministradas por la RSS para el mes de diciembre, se realizó de acuerdo con la
tendencia presentada durante el año.
Así, según cifras oficiales durante 2004, serán víctimas de
desplazamiento forzoso cerca de 136.000 personas.
Las cifras dejan ver nuevamente una brecha
entre las estadísticas reportadas por CODHES y la RSS, situación que no se
registraba desde el 2000. Esta
situación puede estar originada en que para CODHES el fenómeno creció entre
2003-2004 un 17% especialmente por las acciones realizadas por el Ejército en
el sur del país, en la ejecución del denominado “Plan Patriota”.
Sin embargo, la discusión sobre el número
de personas que han sido afectadas por el desplazamiento no es lo primordial,
lo realmente importante es que el Estado debe garantizar el derecho de todo
ciudadano colombiano a no ser desplazado del territorio que habita y en caso de ser víctima, el Gobierno debe
aceptar la responsabilidad que le compete frente a la crisis humanitaria que se
genere así como al resarcimiento de los derechos que han sido vulnerados.
Gráfico 1
TENDENCIAS DEL DESPLAZAMIENTO FORZADO
1994-2004*

Fuente: RSS y CODHES. Cálculos DES – DJS.
2.2
Dinámica
Las
cifras oficiales muestran que en el
período 2000-2003, siete departamentos originaron más del 57% del
desplazamiento, Antioquia (18.3%), Bolívar (11.1%), Magdalena (7.2%), Cesar (5.9%), Sucre (5%), Putumayo y Chocó (4.9%), Gráfico 2.
De igual manera, 10 microregiones expulsoras han contribuido
con más del 53% de las migraciones internas:
Montes de María (10.3%), Cuenca del Pacífico (9.3%), Sierra Nevada de Santa
Marta (8.6%), Oriente Antioqueño (6.9%), Bajo Putumayo (3.3%), Urabá Antioqueño
(3.3%), Magdalena Medio (3.2%), Influencia Zona de Distensión (3.1%), Catatumbo
(2.8%) y Occidente Antioqueño (2.7%).
Gráfico 2
DEPARTAMENTOS EXPULSORES Y RECEPTORES
2000-2003

Fuente: RSS
Es importante analizar el impacto que el
fenómeno tiene sobre la población total de cada departamento. Así, de acuerdo con los cálculos realizados
para 2003, la tasa de población desplazada por cada cien mil habitantes,
muestra que los departamentos expulsores más afectados fueron: Guaviare (4.215)
personas, Putumayo (3.401), Caquetá (2.156), Arauca (1.997), Cesar (1.477),
Meta (1.343), Chocó (1.210) y La Guajira (1.138), cifras muy superiores al
promedio nacional que alcanzó 421 personas, Cuadro 2.
Para 2002, la tasa promedio nacional de
desplazamiento forzado fue 885 personas.
Los departamentos con mayor impacto fueron: Putumayo (5.837), Guavire (5.312), Caquetá
(5.097), Chocó (4.002), Magdalena (2.699), Cesar (2.382) y Sucre (2.290) . En 2004, algunos departamentos del norte del
país reducen sus altas tasas de desplazamiento, mientras Arauca, Meta y La
Guajira las aumentan.
Cuadro 2
AFECTACIÓN TERRITORIAL POR INTENSIDAD 2003

Fuente: Cifras RSS y DANE. Cálculos DES – DJS. *Tasa por cada cien mil habitantes.
Así mismo, se destaca que ocho
departamentos reciben cerca del 58% de las personas afectadas por el
desplazamiento. Antioquia (16%), Bolívar
(7.9%), Sucre (7.8%), Valle (6.2%), Magdalena (5.7%), Bogotá (5.3%), Cesar
(4.9%) y Córdoba (4.3%), Gráfico 2. Vale
resaltar que las ciudades capitales reciben más del 39% del total de población
desplazada. En total más del 96% de los
municipios (1.078) han sido afectados por el fenómeno, de los cuales 895 son
receptores y expulsores.
Los departamentos con mayor tasa de
recepción por cada cien mil habitantes durante 2003, fueron: Guaviare (2.990
personas), Putumayo (2.251), Caquetá (1.621), La Guajira (1.321), Cesar
(1.288), Meta (1.219) y Arauca (1.108).
En relación con los grupos afectados se
destaca que cerca del 55% de la población que se desplaza es menor de 18 años.
El período analizado muestra como la
amenaza generalizada, el enfrentamiento armando, la amenaza específica y las masacres, son la
causa del 96% del desplazamiento.
En cuanto a los presuntos autores del
desplazamiento se destaca que las autodefensas participan con 33%, las
guerrillas 17% y la confluencia de más de un autor el 38%.
Finalmente, de acuerdo con la primera
Encuesta Nacional a la Población Desplazada - ENPOD , sólo el 4% de la población encuestada
manifiesta la intención de retornar , puesto que las condiciones que originaron
el desplazamiento en su lugar de origen aún persisten.
2.3
¿Cuántas personas se encuentran en condición de desplazamiento forzado?
La
discusión sobre el tiempo en que debe considerarse a una persona en condición
de desplazado genera gran controversia.
La Ley 387 de 1997, establece que la condición de desplazado es temporal
y cesa cuando se logra la consolidación y estabilización socioeconómica. Adicionalmente, señala que el afectado
cooperará en el mejoramiento de su situación.
Así pues, la norma como tal no responde a
cuál es el periodo máximo de atención que el Estado debe brindar, pues en
ningún caso se establece que una persona deje de ser desplazada por el simple
paso del tiempo. Para que ello suceda,
el afectado debe haberse beneficiado de los programas de atención humanitaria
de emergencia y estabilización socioeconómica, con lo cual termina su condición
de vulnerabilidad y puede ser excluido del registro estatal.
Para
CODHES son desplazados quienes estén registrados en sus estadísticas desde
1985, es decir que a junio 30 de 2004, esta cifra ascendía a 3.252.806
personas. El mismo cálculo efectuado
por la RSS, desde 1994 arroja 1.253,784 personas desplazadas, aunque estas
cifras se encuentran subestimadas .
Expertos
como Carlos Vicente de Roux , afirman que una persona debe considerarse
desplazada a lo sumo por tres años a partir del momento de su desplazamiento,
con lo cual a 2002 esta cifra alcanzaba 850 mil personas .
Resulta
difícil determinar el tiempo necesario para que una familia afectada logre
estabilización socioeconómica. Sin
embargo, el artículo 5 del decreto 2007 , relacionado con la estabilización
socioeconómica de carácter transitorio, determina que la población desplazada
podrá acceder por un período máximo de tres años, a predios de paso o asentamientos temporales
con el fin de adelantar programas de seguridad alimentaria o de generación de
ingresos, organización y convivencia social; en forma complementaria a la ayuda
humanitaria. Luego de ello, deberá
realizarse el retorno o reubicación definitiva.
De acuerdo con lo anterior y teniendo en
cuenta que para acceder a los programas estatales las personas deben
registrarse ante la RSS y cumplir los trámites para beneficiarse de la ayuda
humanitaria de emergencia (que puede llegar a ser máximo de seis meses), es
posible considerar que la condición de desplazado no termina antes de cuatro
años.
Tomando
como base el período mencionado y
calculando la población total afectada
por el fenómeno , se estableció que a junio 30 de 2004, la cifra aproximada de personas que mantienen condición de
desplazadas es 1.400.000, Cuadro 3.
Si esta población se concentrara
en un solo lugar, equivaldría a
conformar una ciudad del tamaño de
Barranquilla .
Cuadro 3
POBLACIÓN EN CONDICIÓN DE DESPLAZAMIENTO

* Segundo Semestre, ** Primer
Semestre. Fuente: Cifras RSS y
CODHES. Cálculos DES - DJS.
CAPÍTULO III. POLÍTICA PÚBLICA Y MARCO LEGAL
3.1
Política Pública
El Estado sólo viene a dar cuenta del grave
fenómeno a mediados de los noventa,
cuando la problemática había desbordado todas las previsiones. Así, una de las primeras normas expedidas fue
el Acuerdo 18 de 1995 del INCORA, que reglamentó la adjudicación de
tierras. El CONPES 2804 de 1995, creó el
Programa Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada por la
Violencia y encargó especialmente a la RSS, SENA, y Ministerios de Salud,
Interior y Agricultura. Sin embargo,
vale resaltar que la atención gubernamental se concentró especialmente en la
atención humanitaria de emergencia.
La Ley 387 de 1997 creó el Sistema Nacional
de Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia (SNAIPD),
integrado por entidades públicas y privadas,
asesorado por el Consejo Nacional para la Atención Integral a la
Población Desplazada. Adicionalmente,
estableció la conformación de Consejos departamentales, municipales y
distritales. El nuevo esquema introdujo
mecanismos y herramientas de prevención, atención humanitaria de emergencia, la
promoción de acciones de consolidación y estabilización socioeconómica, mediante
el retorno o reasentamiento de la población afectada.
En el mismo año, el CONPES en documento 2027, definió los
elementos del esquema general que incluye “El Sistema Nacional para la Atención
Integral a la Población Desplazada..., el Plan Nacional para la Atención Integral
a la Población Desplazada..., el Fondo Nacional para la Atención Integral a la
Población Desplazada...., y la Red Nacional de Información para la Atención
Integral de la Población Desplazada...” .
La Ley 387 de 1997 y el CONPES 2027 de
1997, promovieron la atención en aspectos como reubicación, salud, proyectos
productivos y políticas de género , y la definición de las siguientes
estrategias:
Prevención:
coordinada por la Unidad Administrativa Especial para la Protección de los
Derechos Humanos del Ministerio del Interior y apoyada por las Consejerías
Presidenciales para los desplazados, los derechos humanos, defensa de la
libertad personal, Oficina del Alto Comisionado para la Paz, Defensoría del
Pueblo y los comités departamentales, municipales y distritales.
Política: bajo la responsabilidad del Alto comisionado
para la Paz, RSS, Ministerios de Educación, Salud y Agricultura, ICBF, INCORA,
Caja Agraria, SENA, INURBE y la Defensoría del Pueblo.
Protección:
estrategia implementada y coordinada por la Procuraduría General de la Nación,
Fiscalía General de la Nación, jueces agrarios,
Cruz Roja Colombiana, INCORA, Fuerzas Militares y organismos de
seguridad del Estado. Adicionalmente,
la Defensoría del Pueblo en coordinación con las defensorías regionales,
diseñaría y ejecutaría un programa especial de acompañamiento a la población
afectada.
Consolidación
y estabilización socioeconómica: mediante la promoción y acceso a los programas sociales del
gobierno. Adicionalmente, incluía
el retorno voluntario o reubicación.
De
acuerdo con la zona atendida (rural o urbana), los programas y entidades
responsables eran diferentes. Así, en el
ámbito rural incluían la incorporación al Sistema Nacional de Reforma Agraria y
Desarrollo Rural Campesino. En zonas urbanas, según las leyes 9 de 1989 y 388
de 1997, los Planes de Desarrollo Municipal y los POT, debían considerar la
problemática, proveer vivienda y equipamiento urbano, desarrollar proyectos
productivos y de generación de ingresos; así como incluir programas de
capacitación y organización social; atención social en salud, educación a la
niñez, la mujer y personas de la tercera edad.
El
Observatorio del Desplazamiento Forzado: como la fuente de información que
consolidara las cifras y produjera
informes trimestrales.
La financiación del Plan comprende recursos
de Presupuesto General de la Nación,
créditos y donaciones que ingresaran al Fondo o a las entidades que
constituyen el Sistema, aportes de cooperación internacional, el 50% de los
rendimientos financieros producidos por los recursos en efectivo, títulos
valores o cualquier otro documento representativo de dinero, bajo administración
provisional de la Dirección Nacional de Estupefacientes (DNE), el 50% de los
rendimientos de bienes objeto de la extinción de dominio serían destinados a
programas de vivienda, los recursos que el Ministerio de Educación Nacional y
el Fondo Educativo de Compensación, transfieran a las gobernaciones con
destinación específica a la población desplazada y recursos departamentales,
municipales o distritales, asignados para la atención a los desplazados.
El CONPES 3057 de 1999 estableció mejoras
en las áreas de prevención, protección, atención humanitaria, retorno, reubicación y estabilización
mediante la simplificación del marco institucional. Así, la política se concentró en la
prevención (Sistema de Alertas Tempranas - SAT); atención humanitaria de
emergencia, mediante la conformación de alianzas entre el Estado, ONG´S
y agencias internacionales;
promoción del retorno voluntario; mecanismos de protección a la población;
simplificación del Sistema Nacional de Atención y fortalecimiento de la Red
Nacional de Información.
El Plan de Acción Integral buscó superar el
asistencialismo, fortalecer las comunidades e involucrar a la sociedad civil y al sector privado. Para ello fueron involucradas las siguientes
áreas de atención:
Prevención,
mediante la detección temprana y neutralización de los factores que originan el
desplazamiento, ejecución de acciones en materias de: seguridad, promoción de la paz cotidiana y
comunicaciones.
La
atención humanitaria dirigida especialmente a prestar servicios de
emergencia: alimentación, refugio, salud
y educación.
Estabilización
socioeconómica, encaminada a promover procesos de retorno y reubicación, que
incluían acceso a tierras, vivienda, proyectos productivos y generación de ingresos.
Protección,
mediante el accionar de la Fuerza Pública,
organismos de seguridad y judiciales.
Sistemas
de Información: Red Nacional de Información y el SAT.
La implementación del Plan implicaba la
reorganización del SNAIPD, la conformación de la Unidad Técnica Conjunta - UTC
entre ACNUR y la RSS. Además, el CONPES
recomendó la modificación de la composición del Consejo Nacional de Atención a
la Población Desplazada y el fortalecimiento del Fondo de Atención a la
Población Desplazada y del Observatorio del Desplazamiento. El costo determinado por el Departamento Nacional de Planeación - DNP,
para tres años de ejecución de la política (2000-2003), fue US$360,71 millones
, sin incluir adjudicación de tierras y vivienda
El Documento CONPES 3115 de 2001, recomendó
el establecimiento de un esquema de financiación que permitiría corregir las
deficiencias del Plan de Acción anterior, mediante un mecanismo de distribución
presupuestal sectorial y el ajuste de
procedimientos que facilitaran el acceso de la población afectada a los
programas de las instituciones que hacían
parte de Sistema.
Adicionalmente, el CONPES 3172 de 2002
“Líneas de acción para fortalecer la política del Estado en Materia de Derechos
Humanos y Derecho Internacional Humanitario”, recomendó nuevamente el ajuste de
los mecanismos y procedimientos que facilitaran el acceso de la población a los
programas del SNAIPD y la consolidación del Sistema Nacional de Información de
Población Desplazada. De igual manera,
estableció el fortalecimiento del
Sistema de Alertas Tempranas (SAT),
mecanismos de seguimiento y presentación de reportes periódicos.
El Actual Plan Nacional de Desarrollo
“Hacia un Estado Comunitario” (Ley 812 de 2003), prevé en el capítulo
“Protección y promoción de los derechos humanos y del derecho internacional
humanitario”: el fortalecimiento del SAT para prevención de violaciones a los Derechos Humanos y al DIH.
Frente a las víctimas del desplazamiento
forzado estableció la asistencia integral en nutrición, refugio y salud, para
200.000 familias durante el cuatrienio, bajo el componente de Atención
Humanitaria de Emergencia.
Así mismo, determinó que el Consejo
Nacional de Atención a la Población Desplazada se activara con regularidad y se
consolidara el Sistema Único de Registro (SUR) y el Sistema de Estimación de la
Magnitud del Desplazamiento.
En
materia de restablecimiento de la población, el Plan estableció que éste se
promoverá por intermedio de la titularización de tierras, subsidios de vivienda
y el desarrollo de proyectos productivos asociativos financiados con
microcréditos. Adicionalmente, se
implementará un programa piloto con el fin de que 30.000 familias campesinas
retornen a sus hogares.
3.2
Marco Legal
Adicional a la normatividad ya mencionada,
el Decreto 182 de 1998, reglamentó la destinación provisional y asignación
definitiva de bienes rurales incautados a favor del INCORA. Los rendimientos
financieros de estos bienes se destinarían a financiar programas de reforma
agraria para atender a la población afectada.
En caso de extinción de dominio los bienes serían asignados
definitivamente al INCORA, para adjudicación prioritaria a campesinos
desplazados por causa de la violencia.
El Decreto 501 de 1998, organizó el Fondo
Nacional para la Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia
como Cuenta Especial, sin personería jurídica, del Ministerio del Interior.
En desarrollo de la Ley 387 de 1997, el
Decreto 290 de 1999, estableció herramientas para facilitar la inscripción en
el Registro Civil de Nacimiento y la expedición de documentos para la población
afectada.
El decreto 2569 de 2000, reglamentó la Ley
387/97 y organizó varios aspectos, así:
1.
Reorganizó la RSS como “entidad coordinadora del Sistema Nacional de
Información y del SNAIPD”.
2.
Determinó que la condición de desplazado es eminentemente temporal y
cesa, bien por el retorno, reubicación,
exclusión del registro de desplazados y
solicitud personal.
3.
Reglamentó el Registro Único de población desplazada.
4.
Reglamentó la Red Nacional de Información para la atención a la
población desplazada por la violencia, coordinada por la RSS.
El Decreto 2007 de 2001, organizó la
atención a la población rural, con lo cual se pretendió tomar medidas que
garantizaran los derechos de los propietarios poseedores o tenedores de bienes
inmuebles. Estableció además, que el
INCORA debería abstenerse de titular estos terrenos y la Oficina de
Instrumentos Públicos no podría registrar transacciones que vincularan estos
bienes sin autorización previa del Comité Operativo Nacional de Prevención.
La ley 782 de 2002, sobre protección a la
población civil, víctima de la violencia, incluyó a las personas desplazadas
como posibles beneficiarios de ayuda humanitaria de los recursos destinados por
la RSS, para éste programa . Para
poder recibir esta asistencia, el
afectado deberá realizar la solicitud respectiva, máximo durante el año siguiente a la ocurrencia del hecho.
3.3
Normatividad Internacional
El sistema internacional de protección a
las víctimas de conflictos armados está integrado por tratados y convenciones
internacionales, dentro de los cuales hay tres clases de refugiados:
1. Refugiado,
es toda persona que por fundados temores de ser perseguida por su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a
un grupo social u opiniones políticas, agresiones externas, ocupación,
dominación extranjera u otros eventos como conflictos internos, violencia
generalizada, violaciones a los derechos humanos, etc., haya salido de su país
y no quiera regresar a él o no quiera acogerse a la protección de dicho
país.
En el concepto de refugiado se incluye el
de asilado y asilo, es decir, la protección ofrecida por un Estado a un
ciudadano extranjero, el cual huye por temor, peligro grave o persecución.
2. Apátridas,
son personas que ningún Estado considera como nacionales suyos, de conformidad
con su legislación.
3. Desplazados
internos, son aquellas personas que se ven forzadas u obligadas a huir de su
hogar “como resultado o para evitar los efectos de un conflicto armado, de
situaciones de violencia generalizada, de violaciones de los derechos humanos o
de catástrofes naturales o provocadas por el ser humano, y que no han cruzado
una frontera estatal internacionalmente reconocida”.
Finalmente, los Principios Rectores Sobre
Desplazamiento Interno, promulgados por la Organización de Naciones Unidas –
ONU, en 1998, establecieron derechos y garantías para la protección de las
personas, “... durante el desplazamiento y durante el retorno o el
reasentamiento y la reintegración” .
Entre los principales se destacan los de igualdad de derechos, la
obligación estatal de proporcionar asistencia y protección humanitaria, protección contra desplazamientos
arbitrarios, protección especial contra genocidio, homicidio, desapariciones
forzadas, respeto a la vida familiar, derecho a la salud y atención médica,
reconocimiento de su personalidad jurídica e identidad, etc.
3.4
Organización del Sistema Nacional de Atención Integral a la Población
Desplazada (SNAIPD).
La política de atención del desplazamiento
forzado, es coordinada por el Consejo Nacional de Atención a la Población
Desplazada, integrado por representantes de
la Presidencia de la República, Ministerios de Hacienda, Protección
Social, Departamento Nacional de Planeación, RSS, etc. Este Consejo tiene su par en el ámbito
departamental o municipal, Esquema 1
Esquema 1

La entidad que canaliza la atención
integral a la población desplazada es la RSS, que coordina el SNAIPD, para ello
se apoya en la Red Nacional de Información de Población Desplazada, el Fondo
Nacional de Atención a la Población Desplazada y la Red de Apoyo Social.
El Consejo Nacional para la Atención
Integral a la Población Desplazada por la Violencia, de acuerdo con el artículo
6 de la Ley 387 de 1997 y con lo establecido por la Corte Constitucional
(Sentencia T-025 de 2004), es el “encargado de formular la política y
garantizar la asignación presupuestal de los programas que las entidades
responsables del funcionamiento del Sistema Nacional de atención integral a la
población desplazada por la violencia.”.
Sin embargo, como órgano consultivo, asesor
y garante de la asignación presupuestal, de carácter no permanente, sus
funciones terminan siendo en la práctica, asumidas por la RSS, la cual no
cuenta con herramientas para hacer cumplir las obligaciones de las entidades
involucradas.
La Red de Apoyo Social , cumple funciones
equivalentes a la Red de Solidaridad por
lo que es evidente una duplicidad de funciones, lo mismo ocurre con respecto al
Fondo Nacional de Atención a la Población Desplazada y el Sistema Nacional de Cofinanciación ,
puesto que el primero se encarga de financiar programas específicos para la
población desplazada, sin diferenciación en el cubrimiento regional y el
segundo, financia, los programas que a nivel regional y territorial se diseñan
para la inversión rural, hospitalaria y vías de acceso.
3.5.
Ayudas económicas contempladas en la normatividad
La
normatividad establece los siguientes componentes y condiciones para la
atención integral a la población desplazada:
Componente
de Atención Humanitaria de Emergencia.
El artículo 22 del Decreto 2569 de 2000,
determina que “en atención a los principios de solidaridad y proporcionalidad,
la RSS destinará de los recursos que para tal fin reciba del presupuesto
nacional y de manera proporcional al tamaño y composición del grupo familiar,
un monto máximo equivalente en bienes y servicios, de acuerdo con la
disponibilidad presupuestal”, Cuadro 4.
Cuadro 4
|
Beneficios - Familia |
Monto Máximo |
Tiempo Establecido
de Entrega |
|
Alojamiento transitorio, asistencia alimentaria y elementos de aseo
personal |
Hasta 1.5 SMMLV. |
Hasta por tres meses |
|
Utensilios de cocina y elementos de alojamiento |
Hasta el 50% SMMLV |
Por una sola vez |
|
Transporte |
Hasta el 50% SMMLV |
Por una sola vez |
AYUDA ECONÓMICA ATENCIÓN HUMANITARIA DE
EMERGENCIA
Beneficios - Familia Monto Máximo Tiempo Establecido
de Entrega
Alojamiento transitorio, asistencia
alimentaria y elementos de aseo personal Hasta
1.5 SMMLV.
Hasta
por tres meses
Utensilios de cocina y elementos de
alojamiento Hasta el 50% SMMLV Por una sola vez
Transporte
Hasta
el 50% SMMLV Por una sola vez
Estabilización
Socioeconómica de la Población Desplazada.
El Consejo Directivo de la Red de
Solidaridad, fijó los “montos máximos para la atención en materia de
estabilización socioeconómica para el año 2004”, por concepto de: subsidio para
tierra, subsidio para vivienda, apoyo para seguridad alimentaria, incorporación
a la dinámica productiva incluyendo capacitación, asistencia técnica integral y
gestión para la comercialización, estableciendo que los recursos se destinarán conforme a la asignación
presupuestal de las entidades del SNAIPD (Acuerdo 003 de 2004).
En materia de vivienda rural o urbana, el
Decreto 951 de 2001 reglamentó la entrega de Subsidio de Vivienda para
Población Desplazada, en las etapas de retorno y reubicación, por parte del
INURBE (ahora FONVIVIENDA) para las zonas urbanas y Banco Agrario en las zonas
rurales, de la siguiente manera:
Mejoramiento: rural 10 a 15 SMMLV y urbana hasta 12,5
SMMLV.
Arrendamiento: hasta 12,5 SMMLV.
Adquisición
de vivienda nueva o usada, y construcción en sitio propio: hasta 25 SMMLV en
zonas urbanas y hasta 18 SMMLV en zonas rurales.
Estos
subsidios pueden ser aplicados para viviendas urbanas y rurales cuyo valor no sea superior a 50 SMMLV o 70
SMMLV en ciudades mayores a 500.000 habitantes.
Adicionalmente,
el programa especial de vivienda de la RSS beneficia a las familias que estén
en el nivel 1 y 2 del SISBEN o familias con ingreso mensual no superior a 2
SMMLV, registradas en el Sistema Único de Registro para población Desplazada, y
que no sean poseedoras o propietarias de ningún otro tipo de vivienda a menos
que se trate de hogares sujetos a reubicación.
La postulación es colectiva a nombre de las familias. Este programa es financiado por la RSS,
entes territoriales, las familias beneficiadas y otras entidades públicas o
privadas.
El
valor máximo del subsidio entregado es de 20 SMMLV y el valor máximo de la
solución de vivienda es de 42 SMMLV.
Los hogares beneficiarios deben aportar mínimo el 10% del valor de la
vivienda, en dinero o materiales de obra.
En
materia de seguridad alimentaria , según el Acuerdo 003 de 2004 del Consejo
Directivo de la RSS, se apoyará al hogar inscrito, con el equivalente de hasta
1,5 SMMLV, representado en bienes y
servicios, entregado por una sola vez, mientras el hogar accede a una solución
definitiva para lograr la estabilización socioeconómica.
De conformidad con la resolución citada, se
establece que los recursos para la “incorporación a la dinámica productiva,
fomento de la microempresa, capacitación y proyectos productivos, serán los que
correspondan de conformidad con el artículo 19 de la Ley 387 de 1997, en el
marco de los programas y procedimientos que para tal fin adopten los
Ministerios..., Bancoldex, el Fondo Nacional de Garantías, SENA, Finagro y el
Banco Agrario,... y de acuerdo a la disponibilidad presupuestal.”, por lo que
dependen de las características del proyecto y en todo caso no tienen un monto
definido.
Vale resaltar, que de acuerdo con la
normatividad, no se puede establecer el monto total de las ayudas económicas
que el Estado debe proporcionar a las familias que se encuentran en condición
de desplazamiento, pues en la mayoría de los casos, ésta depende de la
disponibilidad presupuestal de las entidades que conforman el Sistema y en
algunas, este esfuerzo fiscal no ha sido considerado como gasto prioritario (a
pesar de la magnitud del fenómeno), pues no se diferencia del gasto público
social y por lo tanto, no contemplan la ejecución de recursos para programas
específicos de atención a la población afectada.
CAPÍTULO IV. COSTOS
Y GESTIÓN INSTITUCIONAL
4.1 Costo
Fiscal
Debido
a las dificultades en la consecución de la información y a la falta de claridad
en la misma, no fue posible determinar con total certeza cual ha sido el
esfuerzo fiscal que ha realizado el Estado para atender a las víctimas del
desplazamiento forzoso. Sin
embargo, el análisis realizado permitió
establecer un monto cercano a los recursos realmente destinados.
Así,
para el período 2000-2003, las entidades que conforman el Sistema Nacional de
Atención Integral a la Población Desplazada (SNAIPD), invirtieron
aproximadamente $436.531,3 millones en la ejecución de los diferentes
programas, Cuadro 5.
Vale resaltar que lo destinado en cuatro
años para atender a las victimas del desplazamiento forzoso equivale a 2,19
veces los recursos ejecutados en programas de inversión para el Sector Defensa
y Seguridad en 2003 .
Cerca
del 84% de la inversión ($365.494,2 millones) fue realizada por cinco entidades:
RSS, Ministerio de Protección
Social y Fondo de Inversiones para la
Paz – PAZ, INURBE, INCORA-INCODER.
En
promedio, la participación por programa se distribuyó de la siguiente manera:
estabilización socioeconómica (57%), atención humanitaria de emergencia (35%) y
prevención del desplazamiento y fortalecimiento institucional (8%). Sin embargo, vale resaltar que aunque la
estabilización socioeconómica representa el componente con mayor asignación de
recursos, la cobertura de atención que ha tenido, es mucho menor que la de
atención humanitaria de emergencia.
Durante
los años 2001-2002 se realizó el 68% de la inversión total. Es importante mencionar que durante las dos
últimas vigencias los recursos destinados han disminuido con respecto al 2001,
año de mayor ejecución presupuestal.
Así, en 2002 los recursos ejecutados decrecieron 24% y en 2003 más del
58%.
Vale
mencionar que con los recursos ejecutados, si el Estado hubiese atendido a toda
la población afectada, para los diferentes programas, en promedio, cada persona
habría recibido $370.000 anuales ($1.7 millones por grupo familiar).
Cuadro 5

4.2
Gestión Institucional
Red de Solidaridad Social – RSS.
La
Red de Solidaridad Social (RSS) desarrolla el Programa de Atención a la
Población Desplazada, de acuerdo con lo establecido en la Ley 387 de 1.997,
reglamentada por el decreto 2569 del 12 de diciembre de 2.000.
Mediante la ejecución del Programa, en
coordinación con las entidades que conforman el Sistema Nacional de Atención
Integral a la Población Desplazada por la Violencia (SNAIPDV), la RSS, debe
brindar atención integral y soluciones duraderas a la población desplazada por
el conflicto armado.
El programa desarrolla sus actividades a
través de varios componentes:
• Prestación
de atención humanitaria de emergencia
• Desarrollo
y consolidación de los programas de restablecimiento de la población
desplazada.
• Desarrollo
y consolidación de los programas de prevención del desplazamiento y protección
a la población afectada.
• Concertación
de alianzas estratégicas con el sector privado y organizaciones no
gubernamentales nacionales e internacionales orientadas a obtener recursos y
asistencia técnica, como aporte a la atención integral del desplazamiento.
Vale mencionar que la información contenida
en los Informes de Gestión presentados por la Entidad al Congreso de la
República, en el período 2000-2003,
presentaba inconsistencias ya que un mismo recurso se encontraba
relacionado en distintas acciones realizadas.
De igual manera, muchas actividades solo contenían datos cualificables y
no cuantificables
Sin embargo, la depuración y análisis
realizado permiten destacar los siguientes resultados:
Los
recursos que aparecen mencionados por la entidad en los informes 2000-2003,
ascendieron a $141.792,63 millones, que equivalen al 87% de los ejecutados en
el mismo período, de acuerdo con información obtenida para el mismo
período, mediante el Sistema Integrado
de Información Financiera SIIF del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Para
2003, las acciones realizadas que contienen información cuantificable
alcanzaron $19.032 millones, es decir, el 68% de los recursos ejecutados
($27.845 millones).
La
participación de la inversión realizada por las principales líneas de acción
fue la siguiente: proyectos productivos 36,91%, atención humanitaria 24,14%,
alimentos por trabajo o capacitación 15,09%, seguridad alimentaria 9,2%,
fortalecimiento institucional 5,93% y tutelas 2,29%.
No
es posible determinar con claridad el cubrimiento poblacional total, puesto que
la información no es completa ni consistente y adicionalmente una familia puede
beneficiarse de más de un programa. Sin
embargo, de acuerdo con los datos analizados por programa, se puede establecer
que aproximadamente la RSS atendió en promedio al 25% de la población
registrada en el período analizado.
En
promedio, se beneficiaron 33.016 familias en el programa de proyectos
productivos (cubrimiento 14.14%). Cada
familia recibió $1,59 millones.
Por
el programa de atención humanitaria de emergencia se beneficiaron
aproximadamente 60.571 familias (cubrimiento 26%), con una inversión de
$560.000.
En
promedio cada familia atendida por el programa de trabajo por capacitación
recibió $431.000 y se beneficiaron aproximadamente 49.619 hogares (cubrimiento
21.2%).
Por
el programa de seguridad alimentaria se beneficiaron 90.705 familias
(cubrimiento 38.8%), quienes recibieron en promedio $143.800.
Adicionalmente,
en atención psicosocial se beneficiaron aproximadamente 30.000 personas
(cubrimiento 2.56%), quienes recibieron en promedio $38.900.
Finalmente, vale la pena mencionar que la
entidad gestiona recursos de cooperación internacional, con los cuales
cofinancia programas de atención. Así,
ha unido esfuerzos al Programa Mundial
de Alimentos en el marco de la Carta de Entendimiento Operación Prolongada de
Socorro y Recuperación (OPSR), con el cual se busca permitir la seguridad
alimentaria y crear condiciones para el restablecimiento productivo y social de
las comunidades desplazadas.
Con el Programa de las Naciones Unidas para
el Desarrollo (PNUD) se ha trabajado en la consolidación del Sistema Nacional
de Atención Integral a la Población Desplazada por la violencia. Adicionalmente, para la atención de la
población afectada se han logrado recursos especialmente de ACNUR, OIM,
Comunidad Europea, Banco Mundial, Fundación para el Desarrollo Social-FUPAD y
los gobiernos de Japón y Suecia.
Ministerio
de Protección Social
El
Ministerio busca la atención integral en salud en aspectos como urgencias,
servicios médicos quirúrgicos, hospitalización, servicios diagnósticos,
tratamiento, medicamentos, rehabilitación y transporte, caracterización de las
condiciones de salud de los grupos desplazados, actividades de promoción de la
salud y prevención de las enfermedades así como vigilancia epidemiológica.
En
el periodo 2000 – 2003 el Ministerio destinó $83.108 millones para la atención
integral a desplazados. El 86% de estos
recursos fueron destinados al pago de reclamaciones directas por atención en
salud y se beneficiaron 768.000
personas, es decir, que en promedio cada persona recibió $93.116.
De
otro parte, el 6.8% de los recursos ejecutados fueron orientados a la atención
psicosocial, nutricional y saneamiento básico.
Tales programas brindaron atención a 56.695 personas ($98.868). Los demás recursos se destinaron a realizar
contratación con entes territoriales y/o IPS para atención médico – quirúrgica,
Brigadas de Salud y emergencias por desplazamientos masivos.
Sin
embargo, no existen registros estadísticos que permitan establecer con claridad
la cobertura poblacional para los servicios de promoción y fomento de la salud,
como para la atención médica, quirúrgica, odontológica y las acciones que se
realizan a través del Plan de Atención Básica – PAB, cuya cobertura es global,
es decir, cubre a todas las personas, independientemente de su estado de
afiliación o vinculación al sistema, que se encuentren en situación vulnerable
(grupos étnicos, madres cabeza de familia, niñas, niños y adultos mayores
afectados por el desplazamiento, etc).
Incora -Incoder
Con
el fin de atender a la población desplazada por la violencia, la entidad
adquiere y adjudica tierras, bien sea
para reubicación definitiva o transitoria con el objeto de que quienes se
beneficien, desarrollen una actividad productiva inmediata y en forma
asociativa y así contribuir con el cumplimiento de la política agropecuaria y
el desarrollo del sector rural. De
igual manera, se ha realizado titulación colectiva para comunidades en riesgo
y constitución y ampliación de
resguardos indígenas, afectadas por el conflicto armado y el desplazamiento
forzado.
Adicionalmente, como apoyo a la gestión
empresarial rural se realizaron eventos de capacitación en materia de
normatividad, asesoría técnica, desarrollo sostenible, manejo de recursos
naturales.
En el período 2000-2003, el Instituto
ejecutó $24.667,11 millones para contribuir a la atención integral de la
población desplazada. El programa con
mayor destinación de recursos fue el de adjudicación de predios, el cual
participó con el 65% ($16.097 millones), con los cuales fueron adquiridas
10.015 hectáreas, que beneficiaron a 1.531 familias, es decir que en promedio
cada familia recibió 6,54 hectáreas por valor de $10.51 millones.
En el 2000, el Incora gestionó recursos con
el Ministerio de Agricultura para proyectos de vivienda rural por $838,5
millones para 156 familias (en promedio $5,38 millones) y seguridad alimentaria
por $194,2 millones que beneficiaron 163 familias ($1,19 millones en promedio).
Para 2002, en el componente desarrollo
económico, la Entidad destinó $1.090 millones que le facilitaron a 1.722
familias el acceso a capacitación, bienes y servicios en busca de mejorar
aspectos socioeconómicos de los beneficiarios, lo que significa que cada
familia recibió en promedio $633.000.
Para la constitución, ampliación,
adquisición y mejora de predios para Comunidades Indígenas, en 2003 fueron
invertidos $1.641 millones para ser distribuidos entre 16.166 familias
($101.500 promedio). El cubrimiento
poblacional promedio, en el período 2000-2003 fue de 1.69%
Adicionalmente, en el período 2001-2003, la
entidad realizó titulación colectiva de terrenos baldíos (1.326.633 hectáreas),
a 24.961 familias afrocolombianas, es decir que en promedio cada familia
recibió 53 hectáreas. Sin embargo, en el
marco de la política de titulación colectiva, no existe claridad sobre la
cobertura poblacional de víctimas de desplazamiento, puesto que el programa incluye sin
distinción, a comunidades afectadas por
el conflicto armado.
Vale resaltar que para 2003 se observa una
reducción significativa en la ejecución de recursos, pues se disminuyó
aproximadamente a la mitad de la inversión realizada en los años anteriores.
Ministerio de Defensa
Las
labores designadas al Ministerio de Defensa, están enmarcadas dentro del
componente “Desarrollo y consolidación de los programas de prevención del
desplazamiento a la población afectada”.
Dado que la política del actual gobierno está orientada a propiciar el
retorno de la población desplazada a sus lugares de origen, las Fuerzas
Militares están trabajando en dos frentes de acción principales:
Recuperación
del territorio mediante acciones de la Fuerza Pública y la garantía de su
permanencia, en el marco del respeto a los derechos humanos.
Generación
de procesos de seguridad y convivencia democrática que integre acciones entre
la Fuerza Pública y las comunidades para facilitar condiciones de permanencia,
promover institucionalidad democrática y reforzar la gobernabilidad.
Así, se han adelantado operaciones de
control de orden público y psicológicas, con el fin de prevenir el fenómeno,
proteger a las personas desplazadas forzosamente, garantizar la seguridad en
las zonas de retorno y/o reubicación.
De igual manera, han realizado brigadas de
salud, recreación, capacitación y recolección-entrega de alimentos y vestuario.
Los
recursos destinados por el Ministerio de Defensa para atender a la población
desplazada durante los años 2000, 2002 y 2003 fueron $4.541 millones. La Fuerza Aérea ha sido la mayor ejecutora
de éstos recursos, con una participación de 73,6%.
Por
último, vale resaltar que durante el 2003 fueron atendidas 16.239 familias por
las diferentes actividades realizadas por las Fuerzas, es decir que en promedio
fueron destinados $96.179 por familia beneficiaria.
Ministerio de Educación Nacional
En
el marco de atención a la población desplazada,
en el período 2000-2003, el Ministerio ejecutó $4.540 millones. Los recursos han sido destinados para
diferentes programas entre los que se destacan la implementación de modelos
educativos flexibles: aceleración del aprendizaje (44%) y capacitación adultos – Metodología CAFAM
(17%); asignación de subsidios del Fondo MEN-ICETEX para educación básica
secundaria (24%) y construcción -
dotación - reparación de
establecimientos educativos en lugares de retorno y municipios receptores de
población escolar desplazada (5%).
Adicionalmente,
por intermedio de la propuesta pedagógica “Escuela y Desplazamiento” que busca
fortalecimiento de las entidades territoriales, se han realizado talleres de
capacitación a docentes así como elaboración y copia del video que identifican
el proyecto (4,63%) y el diseño-validación de propuesta de capacitación a
docentes que atienden en educación básica a niños, niñas y jóvenes
desvinculados del conflicto armado (3,5%).
En
cuanto al cubrimiento poblacional cabe destacar que en el período 2001-2003, se
beneficiaron cerca de 31.000 personas desplazadas por la violencia, por todos
los programas ofrecidos por la Entidad, con un cubrimiento poblacional promedio
del 3%.
El programa aceleración del aprendizaje,
atendió 9.657 personas (31.4%), es decir que la entidad invirtió en promedio
$207.567 por cada ayuda entregada.
Durante
los años 2002-2003, el programa que cubre Educación Básica Secundaria entregó
2.683 subsidios (21.7%), cuyo valor promedio fue $406.484. Así mismo, la capacitación de adultos con
metodología CAFAM, atendió a 7.599 personas (24,7%), con una inversión promedio
por beneficiado de $100.282.
Defensoría del Pueblo
Mediante
el Proyecto Especial de Atención a las Víctimas del Desplazamiento Forzado por
la Violencia, la entidad se propone fortalecer la capacidad institucional con
el fin de dar cumplimiento a las competencias que le fueron asignadas
legalmente, en lo relacionado con la prevención del desplazamiento, la protección y difusión de los derechos de quienes se ven afectados
por tal situación, así como el seguimiento y evaluación de la política pública
implementada.
En
materia de prevención la Defensoría ha promovido la protección de la población
afectada mediante la emisión de alertas tempranas o informes de riesgo,
realizadas mediante la coordinación y articulación del Sistema de Alertas
Tempranas – SAT.
En cuanto a las actividades de atención a
los desplazados se encuentran la recepción y trámite de quejas de la población
con el fin de hacer seguimiento y control de las instituciones públicas,
suministro de información relacionada con sus derechos así como sobre los mecanismos que deben utilizar para
beneficiarse de los programas estatales.
Para tal efecto se han realizado jornadas
de capacitación, plegables, elaboración de CD-ROM, diagnósticos, talleres,
investigaciones regionales, diplomado “Desplazamiento forzado: derechos y
políticas públicas”, entre las más importantes.
Los
resultados obtenidos en el período 2000-2003 , muestran que fueron atendidas
17.890 quejas relacionadas con la vulneración del derecho a no ser desplazado e
infracciones al Derecho Internacional Humanitario: el desplazamiento forzado de
personas.
Esta cifra es considerable si se tiene en
cuenta que en promedio participó con 28% del total de conductas vulneratorias o
amenazadas en el mismo período (63.804), que incluyen entre las principales:
amenazas o ataque contra la población civil; salud; integridad personal;
secuestro o toma de rehenes: a la defensa, al debido proceso y a las garantías
judiciales; a la adecuada prestación de los servicios domiciliarios y a la
vida.
Cerca
del 83% de las quejas, están motivadas
por la falta de atención humanitaria de emergencia y
consolidación-estabilización socioeconómica, programas vitales en la solución
de las necesidades básicas de la población desplazada, Gráfico 3.
Gráfico 3
CAUSAS DE INTERPOSICIÓN QUEJAS 2001-2003
![]()
Fuente: Defensoría del Pueblo, Cálculos DES
- DJS.
En relación con las infracciones al Derecho
Internacional Humanitario (DIH), por presuntos responsables directos, en el
período 2000-2003, se obtuvo que los grupos de autodefensas fueron responsables de la violación del
derecho en 41.2% de los casos. Le sigue
los grupos guerrilleros con 26.8% . En
31.4% de los casos no se conoce con certeza el grupo o grupos que son causantes
del desplazamiento.
Por
último, en el período 2000-20003, la entidad invirtió $461.1 millones para la
realización de las actividades mencionadas.
Sin embargo, vale resaltar que mediante la cooperación internacional,
logró canalizar recursos por $3.591,3 millones, es decir cerca de 8 veces lo
ejecutado por la entidad con recursos del presupuesto nacional.
Estos recursos provienen de ACNUR (37,6%),
OIM (30%), Embajada Sueca (14,8) y Agencia Sueca de Cooperación – ASDI (11,1%),
entre los principales organismos internacionales. Así mismo, la mayor consecución de recursos
se realizó en 2003 (53,7%).
Dado
que los recursos invertidos no están destinados directamente a satisfacer las
necesidades de la población desplazada,
sino que son orientados a labores pedagógicas y de mediación en el
ámbito de la divulgación y promoción de los derechos humanos, así como de tratar de mejorar la política pública en
materia de prevención y atención, es
difícil establecer la población que se ha beneficiado de los diferentes
proyectos y por lo tanto determinar un valor promedio por persona o actividad
(CD ROM, Plegables, Afiches, Investigación).
Otras Entidades
Adicionalmente,
el análisis realizado a otras entidades, en general demuestra que el
cubrimiento poblacional fue bajo y que los recursos ejecutados fueron escasos
frente a las múltiples necesidades de la población afectada, Cuadro 6.
Sin
embargo, el FIP realizó un mayor cubrimiento al alcanzar el 30% en atención
familiar, con programas de atención humanitaria de emergencia (ATH) y proyectos
de estabilización socioeconómica.
El
ICBF, atendió cerca de 165.000 niños jóvenes (26% cubrimiento), especialmente
en áreas de atención nutricional al escolar y adolescente y seguridad
alimentaria, en el marco del Convenio de la OPSR, adelantado en forma conjunta
con la RSS y el PMA.
|
ENTIDADES |
PROGRAMAS DE ATENCION |
RECURSOS |
OBSERVACIONES |
|
Fondo de Inversiones para
la Paz - FIP |
Atención humanitaria de
emergencia y proyectos de estabilización socioeconómica. |
Entre 2001-2002, ejecutó
recursos por $65.331 millones, de los cuales el 75% fue destinado para
atención humanitaria de emergencia. |
Población beneficiada:
68.500 familias en ATH ($711.000 por hogar) y 14.050 en programas de
estabilización socioeconómica ($1.184.000/familia). |
|
Inurbe - Fonvivienda |
Planes de vivienda. |
Entre 2001-2002, destinó
$29.234 millones para subsidios de vivienda
urbana. |
Cubrimiento poblacional de
1,4%. La asignación por hogar fue
$9.078.918. |
|
Donaciones DIAN |
Donación de bienes,
alimentos, y mercancías provenientes principalmente de los decomisos
realizados por la entidad. |
Entre 2000-2002, la RSS
entregó a la población afectada donaciones por $13.346,35
millones. |
Representadas en ropa;
alimentos; implementos de aseo y médicos;
material didáctico y educativo; combustible y electrodomésticos. |
|
Banco Agrario |
La gestión principal está relacionada con la
entrega de subsidio familiar de vivienda
rural y programas de crédito
para financiar proyectos productivos. |
Entre 2000–2003 la inversión realizada ascendió a
$13.272 millones, para vivienda rural el 87% y para urbana el 12%. |
Cubrimiento poblacional de
1,43%. En promedio fue entregado cerca
de $4 millones por familia. |
|
Ministerio de
Agricultura |
Proyectos eco-productivos: establecimiento de
cultivos, seguridad alimentaria, infraestructura y saneamiento básico y
proyectos de vivienda rural con recursos FINDETER-DRI. |
Entre 2000-2001, ejecutó $11.626,8 millones. Para proyectos eco-productivos $490,9 millones y vivienda $11.135,63 millones. |
En proyectos se beneficio a 154 hogares ($3,19
millones/familia) y en vivienda a
4.404 familias, entregando en promedio por cada subsidio $2,53
millones. |
|
Servicio Nacional de Aprendizaje –
SENA |
Capacitación y asistencia técnica. |
En el período 2001-2003 ejecutó $10.839,7 millones. |
Cubrimiento poblacional de 3.4%. En promedio se invirtió $668.787 en cada
capacitación. |
|
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar –
ICBF. |
Seguridad alimentaria para niños y jóvenes, en el
marco de la ORSR, realizada en conjunto con la RSS y PMA. |
Entre 2000-2003, invirtieron aproximadamente
$7.160 millones. |
Se atendió a 164.586 personas (cubrimiento de
26%), con una inversión promedio de $43.500. |
|
Fomipyme |
Desarrollo productivo para
familias afectadas. |
En 2001, ejecutaron
recursos por $2.345 millones. |
Se benefició a 2.600
familias (cubrimiento 1,11%). A cada
hogar le correspondió en promedio
$901.771. |
|
Ministerio del Interior y
de Justicia |
Acciones de protección y
seguridad para comunidades de alto
riesgo, Comisiones Interinstitucionales de Derechos Humanos y asesoría al
SNAIPD. |
Durante las vigencias 2001
y 2003, el monto ejecutado ascendió a $1.408 millones. |
La información reportada
por el Ministerio no permite establecer la población beneficiada por las
diferentes acciones realizadas. |
|
Fondo Nacional de
Calamidades |
Atención humanitaria de
emergencia, proyectos de restablecimiento y reubicación en vivienda |
En 2000, destinó $973,6
millones para atención a población desplazada. |
El informe incluía
programas con destinación de recursos,
sin embargo, no determinaron cuantía ni beneficiarios. |
|
Comisión Nacional de
Televisión - CNTV |
Informar, difundir y
sensibilizar a la sociedad sobre la problemática del desplazamiento forzado. |
Entre 2000-2003, fueron
invertidos aproximadamente $523
millones. |
El 97% de los recursos se destinaron para la
realización de mensajes institucionales. |
Cuadro 6
GESTIÓN OTRAS INSTITUCIONES
ENTIDADES PROGRAMAS
DE ATENCION RECURSOS OBSERVACIONES
Fondo de Inversiones para la Paz - FIP Atención humanitaria de emergencia y
proyectos de estabilización socioeconómica. Entre
2001-2002, ejecutó recursos por $65.331 millones, de los cuales el 75% fue
destinado para atención humanitaria de emergencia. Población beneficiada: 68.500 familias en ATH ($711.000 por
hogar) y 14.050 en programas de estabilización socioeconómica
($1.184.000/familia).
Inurbe - Fonvivienda Planes de vivienda. Entre
2001-2002, destinó $29.234 millones para subsidios de vivienda urbana. Cubrimiento
poblacional de 1,4%. La asignación por
hogar fue $9.078.918.
Donaciones DIAN Donación de bienes, alimentos, y mercancías provenientes
principalmente de los decomisos realizados por la entidad. Entre 2000-2002, la RSS entregó a la población
afectada donaciones por $13.346,35 millones. Representadas
en ropa; alimentos; implementos de aseo y médicos; material didáctico y educativo; combustible y
electrodomésticos.
Banco Agrario La gestión principal está relacionada con la entrega de subsidio
familiar de vivienda rural y programas de crédito para financiar proyectos
productivos. Entre 2000–2003 la inversión
realizada ascendió a $13.272 millones, para vivienda rural el 87% y para urbana
el 12%. Cubrimiento poblacional de
1,43%. En promedio fue entregado cerca
de $4 millones por familia.
Ministerio de Agricultura Proyectos eco-productivos:
establecimiento de cultivos, seguridad alimentaria, infraestructura y
saneamiento básico y proyectos de vivienda rural con recursos FINDETER-DRI. Entre 2000-2001, ejecutó $11.626,8
millones. Para proyectos
eco-productivos $490,9 millones y vivienda $11.135,63 millones. En proyectos se beneficio a 154 hogares
($3,19 millones/familia) y en vivienda a
4.404 familias, entregando en promedio por cada subsidio $2,53 millones.
Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA Capacitación y asistencia técnica. En el período 2001-2003 ejecutó $10.839,7 millones. Cubrimiento poblacional de 3.4%. En promedio se invirtió
$668.787 en cada capacitación.
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
– ICBF. Seguridad alimentaria para niños
y jóvenes, en el marco de la ORSR, realizada en conjunto con la RSS y PMA. Entre 2000-2003, invirtieron aproximadamente
$7.160 millones.
Se
atendió a 164.586 personas (cubrimiento de 26%), con una inversión promedio de
$43.500.
Fomipyme Desarrollo
productivo para familias afectadas. En
2001, ejecutaron recursos por $2.345 millones. Se
benefició a 2.600 familias (cubrimiento 1,11%).
A cada hogar le correspondió en promedio
$901.771.
Ministerio del Interior y de Justicia Acciones de protección y seguridad para comunidades de alto riesgo, Comisiones
Interinstitucionales de Derechos Humanos y asesoría al SNAIPD. Durante las vigencias 2001 y 2003, el monto
ejecutado ascendió a $1.408 millones. La
información reportada por el Ministerio no permite establecer la población
beneficiada por las diferentes acciones realizadas.
Fondo Nacional de Calamidades Atención humanitaria de emergencia,
proyectos de restablecimiento y reubicación en vivienda En 2000, destinó $973,6 millones para atención a población
desplazada. El informe incluía
programas con destinación de recursos,
sin embargo, no determinaron cuantía ni beneficiarios.
Comisión Nacional de Televisión - CNTV Informar, difundir y sensibilizar a la
sociedad sobre la problemática del desplazamiento forzado. Entre 2000-2003, fueron invertidos aproximadamente $523 millones. El 97%
de los recursos se destinaron para la realización de mensajes institucionales.
Dificultades Institucionales
Por
último, vale resaltar que las instituciones mencionan dificultades en la
ejecución de los diversos programas así como en la coordinación y cumplimiento
de objetivos del SNAIPD. Entre las principales barreras que encuentran las
entidades en el desarrollo de su misión de atender integralmente a la población
desplazada por la violencia se encuentran:
Limitación
de recursos para atender a la población objetivo.
No
existen indicadores que permitan hacer seguimiento y evaluación de los
resultados y alcances obtenidos para cada una de las entidades.
Dada
la heterogeneidad de las acciones que se emprenden, se presentan dificultades
en la evaluación del impacto real que en el ámbito individual y colectivo
proporcionan dichas acciones, en la atención a la población afectada.
No
existe una coordinación efectiva interinstitucional por lo que no puede
garantizarse un normal e integral funcionamiento del Sistema.
Existen
deficiencias en los sistemas de información.
4.3
Cubrimiento Poblacional
Con
base en la información analizada en la gestión institucional y de acuerdo con
la población objetivo de los diferentes programas ofrecidos por las entidades
que conforman el SNAIPD, se determinó que en promedio, durante el período 2000
– 2003, el máximo cubrimiento poblacional a víctimas del desplazamiento
forzado, alcanzó 30.9% (360.830 personas) , Cuadro 7. Vale resaltar, que las entidades con mayor
cubrimiento poblacional sólo alcanzaron el 28.7% .
![]()
Cuadro 7
Fuente: Informes de Gestión RSS
2000-2003. Cálculos DES – DJS
4.4
Costo por Atención Integral a la Población en Condición de
Desplazamiento
Como
ya se evidenció, normativamente no puede establecerse el costo total de
atención integral por familia. Sin
embargo, teniendo como base los recursos destinados en 2003, para los
diferentes programas, ejecutados por las entidades que conforman el
SNAIPD, fue posible determinar un
estimativo del mismo en $13.116.500 ,
para la atención integral por familia.
Este calculo no incluye el valor de
subsidio de tierra para las familias afectadas que dejaron abandonadas sus
propiedades, por cuanto, de acuerdo con el Decreto 2007 de 2001, el Estado debe
garantizar los derechos de los propietarios, poseedores o tenedores de bienes
inmuebles y por lo tanto deberá recuperarlas y devolverlas a sus originales
dueños.
Así,
el esfuerzo total que debería realizar
el Estado para atender en forma integral a la población que se encuentra en
condición de desplazamiento sería $3,7 billones , es decir, tendría que destinar 8,4 veces los recursos
ejecutados en el período 2000-2003.
Ahora
bien, en el evento de que el Estado no pueda cumplir con la recuperación y
devolución de las tierras, está en la obligación de restituirlas o entregar una
indemnización a los afectados. De esta
manera, el costo de atención integral por familia se incrementaría, al llegar a
$23.984.490, por lo que el esfuerzo fiscal necesario para solucionar la
problemática sería de $6.7 billones.
Sin
embargo, la ayuda entregada por las entidades que conforman el Sistema, para el
período 2000-2003, alcanzó en promedio $5,55 millones por familia beneficiaria,
es decir, que sólo cubrió el 42% del costo de atención integral.
Por último, se señala que los recursos
destinados por la RSS, para las diferentes líneas de acción han venido
disminuyendo. Con la entrada en vigencia
del Acuerdo 003 de 2003, ya no entrega capital semilla para proyectos
productivos y el valor de la ayuda para
seguridad alimentaria disminuyó en 6 SMMLV .
Así, teniendo como base los recursos
destinados en 2003, por los diferentes programas estatales, en promedio, cada
familia recibiría por atención integral $4,56 millones (34,78% del costo).
CAPÍTULO V.
APOYO DE LA COMUNIDAD INTERNACIONAL
Dada
la magnitud de la problemática social que encierra el desplazamiento forzoso
como consecuencia del conflicto interno armado, la comunidad internacional
preocupada por la violación sistemática
de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, ha destinado recursos
importantes por intermedio de Agencias Internacionales que brindan solidaridad
y apoyo para la atención integral a la
población afectada, con el fin de mitigar los efectos de la crisis humanitaria.
5.1.
Comunidad Europea
El
apoyo de la comunidad europea se ha concentrado básicamente en acciones como la
distribución de alimentos, en las primeras fases del desplazamiento, el apoyo
nutricional orientado a menores, la rehabilitación básica de vivienda. El trabajo y esfuerzos realizados se han canalizado por intermedio de dos
oficinas: la de Ayuda Humanitaria de la Comisión Europea (ECHO) y la de
Cooperación Europea (AID CO).
En
el período 2000-2003, ECHO , destinó $33.9 millones de euros ($91.860,6
millones), equivalente al 56,3% del presupuesto ejecutado por la RSS para
atención a victimas de desplazamiento forzoso, en el mismo período y
beneficiaron cerca de 283.000 personas ($325.000 per capita).
Los recursos fueron orientados, entre
otros, a brindar asistencia alimentaria, recuperación nutricional, sanitaria y
psicosocial, adecuación de escuelas, rehabilitación de viviendas, actividades
productivas y unidades médicas.
Para
la ejecución de estos programas, ECHO utiliza trece (13) organizaciones
internacionales de ayuda humanitaria, ubicadas en diferentes zonas geográficas
del país, Cuadro 8.
|
ORGANIZACIÓN |
PROGRAMAS |
BENEFICIARIOS |
DEPARTAMENTOS ATENDIDOS |
|
Acción Contra el
Hambre – ACH. |
Suplemento
nutricional, agua y saneamiento y adecuación de escuelas. |
4.260 |
Córdoba (Tierralta y
Montelíbano) y Magdalena (Aracataca y Fundación). |
|
Cáritas Española |
Suplemento
nutricional, agua y saneamiento, atención psicosocial y rehabilitación de viviendas. |
3.731 |
Meta (Granada, San Juan de Arama, Lejanías,
Vista Hermosa, Mesetas, La Reliquia y Villavivencio) y Huila (La Plata,
Garzón, Pitalito y San Agustín). |
|
Comité Internacional
de la Cruz Roja – CICR. |
Asistencia
alimentaria y no alimentaria, unidades móviles de salud. |
179.142 |
Cobertura Nacional |
|
Comité Internacional
para el Desarrollo de los Pueblos – CISP. |
Actividades
productivas, agua y saneamiento, atención psicosocial, apoyo a hogares
juveniles campesinos y rehabilitación de viviendas. |
9.000 |
Antioquia (San Pedro
de Urabá, Mutatá, Carepa, Ituango, Caucasia, Tarazá, Dabeiba, Frontino,
Urrao, Granada, Carmen de Viboral, San Carlos, San Francisco, San Luis y
Sonsón) y Caldas (Samaná y Pensilvania). |
|
Cruz Roja Española –
CRE. |
Unidades médicas y
atención psicosocial |
3.218 |
Bolívar (Cantagallo)
y Antioquia (Yondó). |
|
Cruz Roja Francesa –
CRF. |
Unidades médicas y
kits básicos de emergencia. |
7.500 |
Nariño (Roberto
Payán y Tumaco). |
|
Cruz Roja Holandesa |
Unidades médicas y
atención psicosocial. |
12.715 |
Chocó (Itsmina, Tadó
y Condoto), Risaralda (Pueblo Rico) y Caquetá (El Doncello, Puerto Rico,
Paujil y San Vicente del Caguán). |
|
Movimondo |
Suplemento
nutricional, actividades productivas, rehabilitación de vivienda, atención
psicosocial y construcción de centros comunitarios |
8.320 |
Cauca (Guapí,
Timbiquí, Santander de Quilichao, Piendamó, El Tambo y Timbío), Valle
(Buenaventura) y Nariño (Tumaco, Ipiales y Samaniego). |
|
Movimiento por la
Paz, el Desarme y la Libertad – MPDL. |
Actividades
productivas, suplemento nutricional, agua y saneamiento y rehabilitación de
emergencia. |
2.805 |
Bolívar (Carmen de
Bolívar), Sucre (Ovejas) y Cesar
(Pailitas, La Gloria, Pelaya y Aguachica). |
|
Oficina de las
Naciones Unidas para la Coordinación de Asuntos Humanitarios – OCHA. |
Apoyo y dotación de
insumos al Grupo Temático del Desplazamiento (GTD) y a los agentes
humanitarios presentes en Colombia. |
|
Cobertura Nacional. |
|
Comité de Oxford
para la Lucha Contra el Hambre – OXFAM. |
Actividades
productivas, rehabilitación de viviendas, agua y saneamiento y promoción de
salud pública. |
5.000 |
Chocó (Riosucio y
Bajo Atrato), Antioquia (Chigorodó, Carepa, Apartadó, Turbo y Dabeiba) y
Norte de Santander (Convención y Ocaña). |
|
Cooperación Internacional – COOPI. |
Suplemento nutricional y atención psicosocial. |
2.060 |
Meta (Acacías, San
Martín, Fuente de Oro y Puerto López). |
|
Solidaridad Internacional – Fundación española
para la cooperación. |
Suplemento nutricional, actividades productivas,
rehabilitación de viviendas, atención psicosocial y construcción de centros
comunitarios. |
8.320 |
Cauca (Guapí,
Timbiquí, Santander de Quilichao, Piendamó, El Tambo y Timbío), Valle
(Buenaventura) y Nariño (Tumaco, Ipiales y Samaniego). |
Cuadro 8
AYUDA COMUNIDAD EUROPEA - ORGANIZACIONES Y
PROGRAMAS
ORGANIZACIÓN PROGRAMAS BENEFICIARIOS DEPARTAMENTOS ATENDIDOS
Acción Contra el Hambre – ACH. Suplemento nutricional, agua y saneamiento y
adecuación de escuelas. 4.260 Córdoba (Tierralta y Montelíbano) y Magdalena
(Aracataca y Fundación).
Cáritas Española Suplemento nutricional, agua y saneamiento, atención
psicosocial y rehabilitación de
viviendas. 3.731 Meta
(Granada, San Juan de Arama, Lejanías, Vista Hermosa, Mesetas, La
Reliquia y Villavivencio) y Huila (La Plata, Garzón, Pitalito y San Agustín).
Comité Internacional de la Cruz Roja –
CICR. Asistencia alimentaria y no
alimentaria, unidades móviles de salud. 179.142 Cobertura Nacional
Comité Internacional para el Desarrollo de
los Pueblos – CISP. Actividades
productivas, agua y saneamiento, atención psicosocial, apoyo a hogares
juveniles campesinos y rehabilitación de viviendas. 9.000 Antioquia (San Pedro de
Urabá, Mutatá, Carepa, Ituango, Caucasia, Tarazá, Dabeiba, Frontino, Urrao,
Granada, Carmen de Viboral, San Carlos, San Francisco, San Luis y Sonsón) y
Caldas (Samaná y Pensilvania).
Cruz Roja Española – CRE. Unidades médicas y atención psicosocial 3.218 Bolívar
(Cantagallo) y Antioquia (Yondó).
Cruz Roja Francesa – CRF. Unidades médicas y kits básicos de
emergencia. 7.500 Nariño (Roberto Payán y Tumaco).
Cruz Roja Holandesa Unidades médicas y atención psicosocial. 12.715
Chocó
(Itsmina, Tadó y Condoto), Risaralda (Pueblo Rico) y Caquetá (El Doncello,
Puerto Rico, Paujil y San Vicente del Caguán).
Movimondo Suplemento
nutricional, actividades productivas, rehabilitación de vivienda, atención
psicosocial y construcción de centros comunitarios 8.320 Cauca (Guapí,
Timbiquí, Santander de Quilichao, Piendamó, El Tambo y Timbío), Valle
(Buenaventura) y Nariño (Tumaco, Ipiales y Samaniego).
Movimiento por la Paz, el Desarme y la
Libertad – MPDL. Actividades productivas,
suplemento nutricional, agua y saneamiento y rehabilitación de emergencia. 2.805 Bolívar
(Carmen de Bolívar), Sucre (Ovejas) y
Cesar (Pailitas, La Gloria, Pelaya y Aguachica).
Oficina de las Naciones Unidas para la
Coordinación de Asuntos Humanitarios – OCHA. Apoyo
y dotación de insumos al Grupo Temático del Desplazamiento (GTD) y a los
agentes humanitarios presentes en Colombia. Cobertura
Nacional.
Comité de Oxford para la Lucha Contra el
Hambre – OXFAM. Actividades
productivas, rehabilitación de viviendas, agua y saneamiento y promoción de
salud pública. 5.000 Chocó (Riosucio y Bajo Atrato), Antioquia
(Chigorodó, Carepa, Apartadó, Turbo y Dabeiba) y Norte de Santander (Convención
y Ocaña).
Cooperación Internacional – COOPI. Suplemento nutricional y atención psicosocial. 2.060 Meta (Acacías, San
Martín, Fuente de Oro y Puerto López).
Solidaridad Internacional – Fundación
española para la cooperación. Suplemento
nutricional, actividades productivas, rehabilitación de viviendas, atención
psicosocial y construcción de centros comunitarios. 8.320 Cauca (Guapí,
Timbiquí, Santander de Quilichao, Piendamó, El Tambo y Timbío), Valle
(Buenaventura) y Nariño (Tumaco, Ipiales y Samaniego).
Fuente: ECHO
Para
la Oficina AID CO., la reintegración de la población internamente desplazada es
una prioridad, pues con ello se contribuye a atenuar el impacto del conflicto
que vive el país. Por tal razón, durante
el período 2001-2003, destinó $29.551,23 millones , especialmente para atención
básica y desarrollo integral de soluciones de restablecimiento para poblaciones
desarraigadas del suroccidente colombiano.
En
el período 2000-2003, la Comunidad Europea contribuyó por intermedio de sus dos
oficinas con $121.411,83 millones para mejorar las condiciones de la población
afectada.
5.2
Sistema de las Naciones Unidas – Plan de Acción Humanitaria (PAH)
En
octubre de 2001, las agencias del Sistema de las Naciones Unidas (SNU) prepararon un Plan de Acción Humanitaria para
responder de manera coordinada a la crisis humanitaria presentada en Colombia
causada por el desplazamiento forzoso interno.
Las
líneas de acción del Plan están dirigidas a contribuir al fortalecimiento de
las instituciones del Estado en el ámbito nacional y municipal, apoyar a las
entidades que conforman el Sistema Nacional de Atención Integral a la Población
Desplazada (SNAIPD) y en particular a la RSS como coordinadora del Sistema,
atender en forma diferenciada a los diversos grupos afectados por la crisis
humanitaria y movilizar recursos humanos y financieros de manera coordinada
para mejorar las condiciones de los afectados por el fenómeno.
Entre
2000-2003 el SNU destinó $284.259 millones para la ejecución del PAH,
equivalentes al 65% de la inversión realizada por el Estado en el mismo
período. Cerca del 92% de las ayudas del
SNU fueron canalizadas por intermedio de cuatro organizaciones (PNUD, PMA, OIM
y ACNUR), Cuadro 9. Vale resaltar que
más del 50% de los recursos fueron destinados para la atención realizada por el
PAH durante 2002.
La
inversión por programa de atención se realizó así: recuperación económica e
infraestructura (53,24%), proyectos multisectoriales (18%), ayuda alimentaria
(17.7%), coordinación entre agencias e instituciones (4,88%), protección y DH
(3,27%) y asistencia en salud (1,99%).
Cuadro 9
RECURSOS DESTINADOS POR EL SNU - PAH 2000-2003
EN MILLONES DE $ 2003
![]()
5.3.
Estados Unidos
Las
ayudas recibidas por el gobierno americano se originaron en su gran mayoría de
los recursos destinados para el Plan Colombia
y la Iniciativa Regional Andina , por intermedio del Programa de
Desarrollo Económico Alternativo – Apoyo a Desplazados. Estos recursos se canalizaron por la Agencia
de Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID).
Este programa ha suministrado ayuda a
mediano y largo plazo a población desplazada y vulnerable. Aproximadamente hasta la fecha 2.5 millones
de personas desplazadas han recibido asistencia directa en áreas de salud sexual,
mental y física, fortalecimiento y estabilización de la comunidad, generación
de ingresos y empleo, así como asistencia urbana incluyendo vivienda, agua,
servicios sanitarios y educación.
Algunas familias se han beneficiado de
programas de retorno o reestablecimiento,
créditos o asistencia técnica y vocacional, y han mejorado el acceso y
la calidad de la educación. La USAID
coordina las actividades que realiza con entidades del gobierno nacional.
En
el período 2000-2003 USAID ejecutó recursos por $252.616,1 millones para
atención a victimas del desplazamiento forzado,
equivalentes a 57,9% del gasto realizado por Colombia en el mismo
período.
5.5
Otros Gobiernos .
Los
gobiernos de Japón y Suiza han aportado $18.169,5 millones para ayuda
humanitaria de emergencia.
5.6. Total
Ayuda Comunidad Internacional
Durante
el período 2000-2003, la cooperación internacional ha destinado $676.456,5
millones, para contribuir a mejorar la crisis humanitaria que afronta la
población desplazada como consecuencia del conflicto armado en Colombia, Cuadro
10. Más del 79% de los recursos
provinieron del Sistema de Naciones Unidas y el gobierno de los Estados
Unidos. La comunidad europea contribuyó
con cerca del 18% de la ayuda económica.
Vale
resaltar que el esfuerzo fiscal realizado por el gobierno nacional en el período 2000-2003, para brindar atención a la
población afectada fue inferior en 35,5% al efectuado por la comunidad internacional en el mismo
período.
Cuadro 10
RECURSOS DESTINADOS POR LA COMUNIDAD
INTERNACIONAL PARA ATENCIÓN A DESPLAZADOS 2000-2003
EN MILLONES DE $
2003
Fuente: Echo, Europeaid, Reliefweb.int,
Embajada EE.UU., Gao, Norwegian Refugee Council. Cálculos DES – DJS.
CAPÍTULO VI. IMPACTOS
6.1
Impacto Económico
El
desplazamiento forzado no solo implica la movilización de una gran cantidad de
población sino que a su vez ocasiona pérdidas económicas (para el afectado y el
país), desequilibro social y desarraigo.
En
relación con el impacto económico se observan especialmente dos factores que
afectan tanto la productividad del afectado como la del país en general. De un lado, el abandono de tierras y de otro
la disminución en el ingreso .
En
relación con la tierra, vale resaltar que no existe claridad estadística sobre
el número de hectáreas abandonadas por las familias desplazadas que tenían la
calidad de propietarios, tenedores o poseedores de la misma.
CODHES ha determinado que entre 1997 y
2003, las familias afectadas han perdido la posesión de cerca de cinco millones
de hectáreas . De acuerdo con un informe
del PMA a 2001, más de cuatro millones de hectáreas han sido expropiadas a la población desplazada .
Dada la dificultad en establecer un tamaño
promedio de los predios abandonados, el ejercicio realizado en el presente
trabajo, contempla dos escenarios que permiten establecer un rango del número
aproximado de hectáreas promedio expropiadas a quienes conservan la condición
de desplazados.
Así, el primer escenario, se realizó un cálculo con base en la
información encontrada sobre la tenencia de la tierra en Colombia . Así, se estableció que los pequeños y medianos
propietarios, poseen en promedio cinco hectáreas . Para este caso, teniendo en cuenta que el
valor promedio por hectárea es $2.2 millones
y que el número total de hectáreas abandonadas sería 1.063.424 , se
obtiene que el costo por pérdida de
posesión de estos terrenos ascendería a $2,34 billones.
Ahora bien, el segundo escenario, establece
que la gran mayoría de familias desplazadas con tenencia de tierra abandonó en
promedio 10 hectáreas . Así, el área
abandonada alcanzaría 2.126.848 hectáreas , y el costo por pérdida de posesión de estos terrenos
ascendería a $4.68 billones.
El
otro impacto analizado está fundamentado en la disminución del ingreso
familiar. Para la determinación de la
pérdida económica por este concepto, se cuantificaron dos escenarios.
El primero se calculó teniendo como base la
información sobre el ingreso medio de la población económicamente activa en
zona rural de Colombia, para 2002 , el cual determinó que a precios de 2003, en
promedio cada familia obtenía ingresos anuales por $4.878.000. Si se tiene en cuenta, que después del
desplazamiento el ingreso anual promedio por familia era de $2.012.400 , la
pérdida para las familias afectadas, ascendería a $2.1 billones.
Para el segundo escenario, se calculó que
la pérdida por familia promedio anual,
por efecto de recibir un menor
ingreso sería $7.1 millones . Esto
significa que desde el momento de su desplazamiento, los hogares que mantienen
esta condición, habrían dejado de percibir $5,25 billones.
6.2
Impacto Social
Los
costos del impacto social asociados con el fenómeno no han podido ser
calculados, pues a pesar de existir un sobre-diagnóstico de los efectos
derivados del mismo, la magnitud de la problemática ha dificultado su
cuantificación. Sin embargo, es posible
cualificar las consecuencias más relevantes:
La
principal situación que afecta a las personas desplazadas es la condición de
víctimas del conflicto, los cuales difícilmente logran compensación o
reparación por parte del Estado o de sus victimarios.
Pobreza: el desplazamiento priva a las personas de sus
medios de subsistencia, los cuales, difícilmente pueden recuperar o reemplazar
en el proceso de reubicación.
Igualmente, a estas personas prácticamente se les niega el derecho a la
propiedad. Son expropiados por los
actores del conflicto, quienes saquean sus viviendas y en muchos casos, los
obligan a escriturar sus tierras a terceras personas .
Desarraigo:
los afectados pierden conexión con su entorno y deben adaptarse a lugares
ajenos, en los que son considerados extraños y estigmatizados. El concepto de ciudadano es reemplazado por
el de “desplazado”, el cual en la practica no es sujeto de derecho.
El ser “desplazado” conlleva el estigma de
ser señalado como cómplice o miembro de grupos irregulares: “El mero hecho de haber tenido que huir no
hace sino agravar la sospecha de que profesan lealtad a un determinado grupo
armado... estigmatizados y temerosos por sus vidas, muchos de los desplazados
buscan la seguridad en el anonimato, tratando de pasar inadvertidos entre los
pobres de las zonas urbanas” .
Dificultad
de acceso a servicios: la deficitaria
atención estatal y el temor a
registrarse en el Sistema Único de Registro-SUR de la RSS, genera dificultades
de acceso a servicios como alimentación, vivienda, salud y saneamiento
básico, lo que desencadena en desnutrición, hacinamiento, epidemias,
promiscuidad, enfermedades de transmisión sexual y embarazos no deseados, entre
otros.
Adicionalmente, a propósito de los diálogos
adelantados por el gobierno con buena parte de los grupos de autodefensa, con
el fin de lograr su desmovilización y el trámite de leyes que faciliten su
realización, un punto que no puede ser relegado, es la necesidad de generar
procesos de reparación de los daños causados a la población civil.
Sea justificable o no la acción de las
autodefensas, la política de paz considera la solución del conflicto más no la
de sus consecuencias. Es claro que lograr la desmovilización de
grupos armados, trae consigo disminución del conflicto y de violaciones a
derechos humanos.
Sin embargo, el no reconocer, reparar,
compensar o solucionar los daños causados por quienes han ocasionado el
desplazamiento interno, sería desconocer la perspectiva de la víctima, lo que
implícitamente generaría, que el esquema
de negociación aplicado, no brindaría el mismo tratamiento a todos los actores
involucrados en la confrontación.
Resulta preocupante que mientras los
recursos destinados por el Gobierno en el período 2000-2003, para atender de
manera integral a una familia desplazada,
en promedio ascendieron a $5,55 millones, los orientados a desmovilizar
y reinsertar integralmente a un miembro de grupos ilegales, en promedio fueron
$19,5 millones , lo cual hace evidente la diferenciación en el accionar de las
políticas del Estado, frente a las víctimas y a los victimarios.
Si el Estado no adopta un enfoque integral
de derechos, en la materialización de la política pública, que no solo cubra la
atención a las necesidades básicas de la población afectada, sino que además
incluya la realización efectiva de los principios del derecho a la verdad (esclarecimiento de los
hechos), justicia (identificación y sanción de los culpables) y reparación
(moral, restitución de los bienes perdidos y resarcimiento de los perjuicios
causados), puede eventualmente, ser castigado por omisión en el cumplimiento de
sus funciones, en concordancia con la
legislación nacional e internacional .
6.3
Impacto Judicial
Penalmente el delito de desplazamiento
forzado es castigado con prisión de 6 a 12 años y multa de 600 a 1.500 salarios
mínimos (Art. 180 Código Penal). Además
establece circunstancias de agravación punitiva: como el que sea cometido por
servidores públicos, contra discapacitados, menores de edad, mujeres
embarazada; sometiendo a la víctima a tratos crueles o degradantes.
En el año 2003, a la Fiscalía General de la
Nación ingresaron 1.948 procesos a
investigación previa, de los cuales solo 99 salieron con resolución de
acusación, es decir que en promedio el 5% de las denuncias presentadas, son
radicadas ante la administración de justicia.
Sin embargo, al Sistema Judicial ingresaron
4 procesos y sólo uno fue evacuado con
sentencia ordinaria (condenó a 5 personas y absolvió a 2). Al finalizar el 2003, se encontraban 11
procesos pendientes de resolución.
Vale resaltar, que aunque se presenta un
importante grado de denuncia, en muy pocos casos se reúnen pruebas suficientes
para adelantar procesos de juzgamiento.
A pesar de la magnitud del problema, sólo un proceso ha tenido fallo con
sentencia condenatoria.
Finalmente
la Ley 742 de 2002 que aprueba el
Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, considera como crímenes de
lesa humanidad la “deportación o
traslado forzoso de población” y dice que se entenderá como tal, “... el
desplazamiento forzoso de las personas afectadas, por expulsión u otros actos
coactivos, de la zona en que estén legítimamente presentes, sin motivos
autorizados por el derecho internacional.”
CAPÍTULO VII. ASPECTOS CRÍTICOS DE LA POLÍTICA PÚBLICA
La evaluación de la política pública ha
sido objeto de diferentes análisis. Así,
diferentes organizaciones nacionales e internacionales, como ACNUR, CODHES,
CEDE, y el Sistema de Naciones Unidas, entre otras, han elaborado documentos
que coinciden en afirmar que las principales falencias de la política radican
en:
El
componente con menor desarrollo dentro de la política es el de prevención y
protección de las víctimas.
El
SNAIPD presenta problemas de coordinación y compromiso entre las diferentes
entidades, tanto en el ámbito central como territorial.
No
existe un Plan para la Atención Integral a la Población Desplazada que integre
las acciones conjuntas de las entidades públicas, comunitarias, así como de
cooperación internacional que tenga carácter obligatorio para su cumplimiento.
Las
acciones realizadas por el SNAIPD, obedecen a la atención de las necesidades de
emergencia, respondiendo de manera coyuntural y no estructural a la
problemática.
Los
recursos destinados por el Estado para la estabilización socioeconómica de la
población han sido insuficientes, razón por la cual, las entidades que tienen
responsabilidad en la ejecución de éste componente, lo han hecho con baja
cobertura y de manera fragmentada (no existe coordinación interinstitucional).
En
general, los recursos destinados para la atención de los diferentes programas
han sido insuficientes para cubrir las necesidades de la población, y en la
mayoría de los casos dependen de la disponibilidad presupuestal de las
entidades.
7.1
Sentencia Corte Constitucional
Los aspectos críticos enunciados
anteriormente, quedan evidenciados en el fallo de la Corte Constitucional,
Sentencia T-025 de 2004, que declaró que la situación de desplazamiento forzado
en Colombia y la insuficiente atención gubernamental para el problema es “un
estado de cosas inconstitucional”.
Frente a esta situación, ordenó entre las
principales actividades a realizar: el diseño de un plan de acción, que
precisara la situación actual de la población inscrita en el Sistema Único de
Registro, la cuantificación de los
recursos necesarios para su atención, así como la definición de mecanismos para
su consecución.
De
igual manera estableció que el Estado debe promover medidas que aseguren la
protección a los desplazados y en caso de no poder realizarlo, entonces, debe
proceder a rediseñar la política y sus prioridades, asegurando como mínimo el
“ejercicio del derecho a la vida en condiciones de dignidad”.
Estas determinaciones tienen su fundamento
en que para la Corte, “... las condiciones de vulnerabilidad extrema en las
cuales se encuentra la población desplazada, así como por la omisión reiterada
de brindarle una protección oportuna y efectiva ..., se han violado ..., sus
derechos... Esta violación ha venido ocurriendo de manera masiva, prolongada y
reiterada y no es imputable a una única autoridad, sino que obedece a un
problema estructural que afecta a toda la política de atención diseñada por el
Estado..., en razón a la insuficiencia de recursos destinados a financiar dicha
política y a la precaria capacidad institucional para implementarla” además las
autoridades“... han omitido, de manera reiterada, adoptar los correctivos
necesarios para asegurar que el nivel de protección definido por el Legislador
y desarrollado por el Ejecutivo, sea efectivamente alcanzado.”
El análisis realizado con relación a la
política pública desarrollada desde 1997, señala que no ha contrarrestado la
vulneración de los derechos a la población desplazada: “Así lo reconocen los
estudios de la propia Red de Solidaridad... "el 61 por ciento de la
población desplazada no recibió ayuda del gobierno ..., "sólo el 30 % de
las personas que se desplazaron individualmente o en grupos pequeños recibieron
asistencia gubernamental en los primeros once meses del gobierno actual..” .
Estos escasos resultados son igualmente
declarados en programas de vivienda, “solamente el 11.4% de las metas
planteadas y se ha satisfecho el 3.7% de la demanda potencial”. Las instituciones encargadas legalmente de
la atención son incapaces de cubrir la demanda de servicios, sin embargo, en
cumplimiento de sus funciones, la Corte sostiene que “la obligación
constitucional del Estado de garantizar una protección adecuada a quienes por
razón del desplazamiento forzado interno se encuentran en condiciones indignas
de vida no puede ser aplazada indefinidamente”.
Adicionalmente, ordenó al Director de la
RSS instruir a los funcionarios encargados, para que informen inmediatamente a
los afectados sobre todos los derechos y
previno a todas las autoridades nacionales y territoriales para que se
abstengan de emplear la tutela, como requisito para acceder a los beneficios y
protección que de acuerdo con la ley, debe brindar a las personas desplazadas.
Por tal razón, para el cumplimiento de la
sentencia, la Corte Constitucional concedió plazos para las diferentes acciones
a realizar, así:
9
de mayo de 2004, garantizar las acciones para la generación de
ingresos, con el fin de que la persona sobreviva autónoma y dignamente. De igual manera, adoptar un programa de acción,
con un cronograma preciso y encaminado a
corregir las falencias presentadas con relación a la capacidad institucional.
14
de mayo de 2004, “fijar la dimensión del
esfuerzo presupuestal que es necesario para cumplir con la política pública
...”
9
de agosto de 2004, garantizar los derechos mínimos de la población desplazada.
Finalmente
en Auto del 27 de abril de 2004, la Corte Constitucional concedió plazo hasta
el 30 de septiembre de 2004 a la RSS, para que estableciera las necesidades de
la población inscrita en el Sistema Único de Registro.
El Gobierno presentó respuesta al fallo de
la Corte Constitucional, el 30 de septiembre de 2004. La RSS solicitó al Ministerio de Hacienda y
Crédito Público, adición presupuestal de $120.000 millones para 2004, sin
embargo, de acuerdo con la Ley 917 y el Decreto 4020 de diciembre 3 de 2004, le
fueron asignados $40.050 millones (33,4% de lo solicitado), para el programa de
prevención y atención del desplazamiento forzado.
7.2 Plan
Nacional de Desarrollo “Hacia un Estado Comunitario”
7.2.1
Sistema de Alertas Tempranas - SAT
Se hace importante su análisis y
evaluación, pues se constituye en pilar fundamental de la política de
prevención de violaciones en materia de Derechos Humanos y Derecho
Internacional Humanitario (DIH).
El Sistema comenzó a operar como proyecto
institucional desde 1998, cuando se decidió abordar la temática de las
violaciones masivas enfocadas al análisis del fenómeno de las masacres ,
consideradas en ese momento, como el hecho violatorio de los derechos
fundamentales de mayor gravedad en el marco del conflicto armado interno.
A finales de 1999, el gobierno concertó con
la Defensoría del Pueblo la puesta en marcha de este mecanismo de prevención
del desplazamiento, plasmándolo en el CONPES 3057. El SAT comenzó a operar el 1 de junio de 2001.
Las
actividades del Sistema comprenden los elementos indispensables para la
prevención humanitaria de las violaciones masivas de derechos humanos:
capacidad para advertir el riesgo,
análisis permanente de las políticas
públicas de las dependencias estatales, participación institucional y ciudadana
en las acciones de prevención y capacidad para hacer presencia en el territorio
nacional.
El SAT emite documentos e informes de
riesgo sobre factibles violaciones de los derechos humanos, con el fin de que
las instituciones competentes coordinen su accionar y brinden atención oportuna
e integral para proteger a la población civil afectada.
De
acuerdo con información suministrada por la Defensoría del Pueblo , en el
período 2001-2003, el Sistema emitió 261 Alertas Tempranas o Informes de
Riesgo.
Para los años 2002-2003, de 177 informes
emitidos, 121 (69%) reportaron alto riesgo de ocurrencia, 51 (29%) riesgo medio
y sólo 5 (3%) fueron asumidos como de baja probabilidad de ocurrencia.
Así, de los 177 informes producidos, 115
presentaron diversas modalidades de violación masiva de derechos fundamentales,
es decir, que la alerta emitida cumplió con el objetivo de prevenir los hechos
en 62 casos, por lo que la efectividad promedio del Sistema fue de 35%.
La información suministrada por la
Defensoría no incluye desagregación del número de casos presentados con
violación efectiva de derechos fundamentales, por lo que no se logró establecer
la efectividad por tipo de riesgo.
Sin embargo, con base en los principios
estadísticos, se puede asumir que la mayor probabilidad de que el hecho ocurra,
se presenta en los casos reportados con alto riesgo, se podría inferir
entonces, que la efectividad sería de 5,22%, dado que en sólo seis (6) casos se
habría logrado cumplir con la finalidad de prevenir.
Esta situación es corroborada por la
agencia ACNUR, que sostiene que el SAT ha mostrado deficiencias en la
evaluación del riesgo y en la eficacia de las respuestas . De acuerdo con el Informe emitido en 2003,
el Sistema, “no tuvo la capacidad y la flexibilidad necesarias para coordinar
con otras dependencias gubernamentales la tarea de prevenir ciertas modalidades
de conductas violatorias presentadas durante todo el año, como los homicidios
selectivos, las desapariciones forzadas y los actos de terrorismo” .
De otra parte, los informes de riesgo
emitidos muestran que con relación a las violaciones admitidas, las que revelan
mayor participación están vinculadas con la vida, integridad y
autodeterminación de la población civil (74,6%): desplazamiento forzoso, masacres-homicidios
y ataques indiscriminados, Gráfico 4.
En cuanto a los actores fuentes de amenaza,
la Defensoría determinó que las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) han
ejercido acciones de presión o intimidación en el 47% de los casos, seguidas de
las FARC (39%) y ELN (14%).
En 31 departamentos y 377 municipios se han
promulgado informes de riesgo, localizados en su gran mayoría en las regiones
Andina y Pacífico. Así, los
departamentos que tuvieron mayor número de municipios advertidos son Antioquia
(13,3%), Cauca (9,6%), Nariño (9%), Tolima (7.2%), Norte de Santander y Chocó
(5,31%).
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Gráfico 4
SAT – INFORMES DE RIESGO EMITIDOS POR CAUSA
ADVERTIDA
DE
VIOLACIÓN MASIVA 2002-2003
Fuente: Defensoría del Pueblo – Cálculos
DES - DJS
7.2.2
Estabilización Socioeconómica
Como ya se mencionó, para el
restablecimiento de la población, el Plan determinó que se promovería la
titularización de tierras, la entrega de subsidios de vivienda, el desarrollo
de proyectos productivos asociativos financiados con microcréditos. Adicionalmente se implementaría un programa
piloto para que 30.000 familias campesinas retornaran a sus hogares.
Debido a que la mayoría de estas acciones
se encuentran sin cuantificación, es imposible determinar o evaluar su
cumplimiento. Sin embargo, como se ha
demostrado en el desarrollo del documento, los avances realizados en materia de
cubrimiento poblacional son mínimos y en la mayoría de los casos, la inversión
realizada por las entidades responsables no es considerada prioritaria y
depende de la disponibilidad presupuestal.
Por último, en relación con el programa
piloto de retorno, de acuerdo con la información registrada en el SIGOB, de
agosto de 2002 a diciembre de 2003, habían retornado 12.168 hogares, es decir,
un avance de 40.6% de la meta cuatrienal.
Sin embargo, la evaluación no sólo debe
realizarse con respecto al cumplimiento de la meta propuesta por el
Gobierno. Es importante analizar la
coherencia de la política con respecto al deseo de retorno (voluntariedad) y a
la sostenibilidad de los mismos, pues el Estado no solo debe garantizar que se
realicen en condiciones de seguridad sino que además debe mantener la presencia
institucional, inversión social, reactivación productiva en las regiones y
restitución de activos
Los resultados arrojados por las diferentes
encuestas realizadas por la RSS y CODHES, muestran que el deseo de retornar de
las familias afectadas es muy bajo (4% RSS y 8,17% CODHES), pues consideran que
las condiciones que generaron el desplazamiento aún persisten.
Ahora bien, a pesar de los avances en
materia de Seguridad Democrática, el Estado aún no cuenta con la capacidad
institucional suficiente para prevenir el desplazamiento y garantizar la
seguridad y restitución de activos a quienes han decidido retornar.
Finalmente, si para el Estado, la prioridad
en materia de política pública es la de propiciar las condiciones para que las
familias retornen a su lugar de origen, la meta establecida en el Plan no se
compadece con la magnitud del fenómeno, pues sólo en 2003 fueron desplazadas
44.268 familias, año en el que el número de personas afectadas, se redujo
considerablemente.
CONCLUSIONES
El
punto central de la problemática no es el número de personas que se han
visto afectadas y se encuentran en
condición de desplazados. Lo
fundamental es que el Estado debe garantizar el derecho que tiene todo
ciudadano colombiano a no ser víctima del fenómeno y en caso de generarse el
hecho, debe asumir la responsabilidad fiscal, judicial y social que le competen
constitucional y normativamente.
La
normatividad es un compendio de garantías para la población desplazada. Sin embargo, durante el período 2000-2003, en
la mayoría de los casos, el cumplimiento por parte del Estado, se ha quedado
sólo en buenas intenciones, porque:
La
población afectada, ha recibido ayudas totales aproximadamente por $1.11
billones, de los cuales, el Estado aportó el 39,2%.
El
esfuerzo fiscal requerido para atender a la población que se encuentra en
condición de desplazamiento, en el caso de que sea entregado subsidio de tierra
a quienes no eran dueños y de restitución de bienes a quienes eran
propietarios, equivale a 8,4 veces los recursos ejecutados en el período
2000-2003.
En
el evento que el Estado no logre la recuperación y devolución de tierras, el costo de atención integral por familia
alcanzaría $23.984.490 y el esfuerzo fiscal sería de $6.7 billones.
Las
normas condicionan la asignación de recursos a la “disponibilidad presupuestal
de las entidades”, a pesar que la política pública implementa la considera como
gasto prioritario.
La
atención brindada por las entidades que conforman el SNAIPD, tuvo un máximo cubrimiento
poblacional de 30,9%.
Los
recursos recibidos por familia beneficiaria, en promedio cubrieron el 42% del
costo calculado para la atención integral.
Los
resultados obtenidos por el SAT no han sido los esperados, en promedio alcanzó
35% de efectividad, lo que demuestra que el componente de prevención ha sido el
menos desarrollo dentro de la política.
La
gestión institucional se ha visto afectada por la limitación de recursos para
atender a la población objetivo, la dificultad en realizar evaluación y
seguimiento de los diferentes programas, la poca coordinación
interinstitucional y la deficiencia en los sistemas de información.
El
impacto socioeconómico para las víctimas, ha sido muy alto. Sólo la pérdida por abandono de tierras y
disminución de ingreso de quienes, de acuerdo con el documento, se encuentran
en condición de desplazados, podría calcularse en un rango entre $4.44 billones
y $9.93 billones.
Resulta
preocupante la diferenciación en las políticas del Estado frente a víctimas y
victimarios en lo referente a los recursos destinados para atender a cada una
de estas problemáticas (desplazado – reinsertado).
El
actual Plan de Desarrollo da prioridad al retorno de hogares, que debe ser
garantizado en condiciones de seguridad, voluntariedad y sostenibilidad. Sin embargo, si no existe deseo de retorno,
el Estado deberá dar apoyo decidido a la reubicación o reasentamiento de
familias, con un mayor impulso al componente de estabilización socioeconómica,
especialmente en lo referente a la implementación de proyectos productivos o de
generación de ingresos.
Los
anteriores planteamientos, permiten colegir que la magnitud de la problemática
ha superado ampliamente la capacidad de respuesta del Estado para enfrentar el
fenómeno.
[1]
Elaborado por: Andrew Julián Martínez Martínez, Jorge Flavio Páez Amaya,
William René Carrillo Veloza y Ludy Jeannette Bacca Caicedo, profesionales de
la Dirección de Estudios Sectoriales de
la Contraloría Delegada para el Sector Defensa, Justicia y Seguridad, con la
coordinación de Carlos Cuartas Nieto, Director de Estudios Sectoriales.

